
El Bono de Protección, conocido comúnmente como Bono Dueña de Casa, es un beneficio que se otorga por un período de 24 meses, es decir, dos años, a aquellas personas que cumplen con los requisitos establecidos. Es importante señalar que los montos de este bono varían a lo largo del tiempo.
¿Quiénes son los beneficiarios del Bono de Protección?
Este beneficio no es postulable y está destinado a individuos que forman parte del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades y que han aceptado la invitación para participar en uno de los siguientes programas: Familias, Abriendo Caminos, Calle y Vínculos. Para acceder a este beneficio, es necesario firmar una carta de compromiso y un plan de intervención. Una vez completados estos pasos, se pueden realizar los trámites necesarios para que los pagos sean efectivos. Es relevante mencionar que este bono se entrega automáticamente a quienes cumplen con los requisitos, sin necesidad de postulación.
Los pagos se realizarán a través de la Cuenta RUT de BancoEstado. En caso de que el beneficiario no posea esta cuenta, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia se encargará de abrirla.
¿Cómo verificar si se tiene derecho al Bono de Protección?
Para determinar si una persona es beneficiaria del Bono de Protección, se deben seguir los siguientes pasos:
1. Ingresar a persona.ipsenlinea.cl.
2. Introducir el RUT y hacer clic en ‘Ingresar’.
3. El sistema indicará de inmediato si corresponde recibir el beneficio.
Montos del Bono de Protección
Los montos del Bono de Protección son los siguientes:
– Durante los primeros 6 meses, el bono es de $22.674.
– Desde el mes 7 hasta el mes 12, el monto es de $17.256.
– Desde el mes 13 hasta el mes 18, se reduce a $11.864.
– Desde el mes 19 hasta el mes 24, el monto asciende a $20.328, correspondiente al valor del Subsidio Familiar (SUF).
Los pagos se realizan a la familia o persona beneficiaria siguiendo un orden de prioridad:
1. Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o discapacidad mental, o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
2. Mujer mayor de 18 años que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
3. Mujer mayor de 18 años que ejerza la función de dueña de casa.
4. Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades anteriores, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
5. Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años. Si no hay mujeres mayores de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
6. En caso de que ninguna de las prioridades anteriores sea aplicable, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.
Modalidad de pago del beneficio
La modalidad de pago puede ser presencial o a través de la cuenta del cobrador de la familia. El plazo para cobrar el bono es de seis meses. Si no se efectúa el cobro dentro de este período, se considera que el beneficiario renuncia a los fondos.