El diputado Guillermo Valdés ha presentado un proyecto de ley que busca extender hasta el 6 de abril de 2030 el plazo para la regularización e inscripción de derechos de aprovechamiento de aguas, en el contexto de la reforma introducida por la Ley N° 21.435 al Código de Aguas.
La propuesta se basa en la reforma del 6 de abril de 2022, que estableció plazos estrictos para dos procesos fundamentales: la regularización de usos consuetudinarios e históricos y la inscripción de derechos ya constituidos en los Conservadores de Bienes Raíces, así como su inclusión en el Catastro Público de Aguas de la Dirección General de Aguas (DGA). El incumplimiento de estos trámites puede resultar en la caducidad del derecho, una sanción considerada de máxima gravedad.
Valdés señala que el Congreso Nacional ha tenido que intervenir en dos ocasiones debido a las dificultades operativas, la falta de información y las brechas burocráticas que afectan especialmente a la pequeña agricultura y a los usuarios del Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP). En este sentido, la Ley N° 21.586 de 2023 y la Ley N° 21.727 de febrero de 2025 ya habían prorrogado el plazo de inscripción hasta el 6 de abril de 2027. Sin embargo, el plazo para la regularización de usos históricos también expira en abril de 2027, aunque su extensión es competencia exclusiva del Presidente de la República.
A pesar de estas prórrogas, el diputado advierte que, durante 2026, tanto la DGA como el sistema registral de los Conservadores no tendrán la capacidad suficiente para procesar todos los trámites pendientes. Esta situación ha sido corroborada por medios especializados, que han informado sobre cuellos de botella en la tramitación ambiental e hídrica.
La iniciativa argumenta que someter a miles de titulares, especialmente del ámbito rural, a la pérdida de sus derechos debido a ineficiencias administrativas va en contra del principio de certeza jurídica que debe proteger el legislador. Por ello, se propone una extensión “definitiva y prudente” del plazo registral hasta el 6 de abril de 2030, lo que proporcionaría un horizonte de ocho años desde la publicación de la reforma original, con el objetivo de asegurar la adecuada estabilización del régimen de aguas en el país.
Normativamente, el proyecto modifica la Ley N° 21.435, cambiando en su artículo segundo transitorio la fecha límite actual del 6 de abril de 2027 por la nueva fecha propuesta del 6 de abril de 2030. De esta manera, la iniciativa busca brindar mayor certeza a los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas, evitando su caducidad por causas atribuibles a limitaciones del sistema administrativo y facilitando el cumplimiento de las exigencias legales establecidas tras la reforma al Código de Aguas.

