La Ley N°21.484, ratificada en 2022, introduce cambios significativos en la legislación sobre responsabilidad parental y pensiones alimenticias en Chile, buscando una mayor equidad en la distribución de los cuidados familiares.
La nueva normativa, que actualiza la Ley N°14.908 de 1962, transforma la noción de “abandono” en “responsabilidad”, promoviendo la idea de que la crianza de niños, niñas y adolescentes es una tarea compartida entre los progenitores. Este cambio no solo es semántico, sino que busca generar un compromiso más activo de las familias en la educación y el cuidado de sus hijos.
Uno de los aspectos más destacados de la Ley N°21.484 es la introducción del concepto de “trabajo de cuidados”, que reconoce legalmente el esfuerzo que implica cuidar a los menores. Según la ley, al establecer una pensión alimenticia, se debe no solo fijar un monto, sino también detallar las circunstancias que influyen en la capacidad económica de los padres y las necesidades de los hijos, incluyendo la valoración económica del trabajo de cuidados. Esto representa un avance en la visibilización de esta labor, que tradicionalmente ha sido subestimada.
La académica Javiera Farías Soto señala que esta modificación obliga a las familias en crisis a reconocer y discutir abiertamente la responsabilidad de los cuidados, que a menudo se asumían de manera implícita. En situaciones de mediación o en tribunales, es crucial que ambas partes reconozcan el trabajo de cuidados como un elemento tangible que debe ser considerado en la resolución de conflictos familiares. Esto es especialmente relevante en un contexto donde el cuidado es frecuentemente asociado a roles de género, lo que perpetúa desigualdades.
Además, la ley busca desafiar la visión tradicional que limita los gastos alimentarios a necesidades básicas como vivienda y educación. Al permitir la tasación del trabajo de cuidados, se abre la puerta a nuevas formas de negociación entre los progenitores. Por ejemplo, un padre que trabaja a tiempo parcial podría acordar una pensión alimenticia menor si asume una mayor carga de cuidados, lo que podría facilitar un acuerdo más justo y equitativo.
Sin embargo, Farías Soto advierte que el verdadero reto radica en que el trabajo de cuidados sea reconocido como una categoría jurídica autónoma, separada de la pensión alimenticia. Esto permitiría un sistema más integral que reconozca y distribuya equitativamente las responsabilidades entre ambos padres, más allá de la simple transferencia de dinero.
En conclusión, aunque la Ley N°21.484 ha dado pasos importantes hacia la equidad en la responsabilidad parental, el desafío persiste en dotar al trabajo de cuidados de una autonomía jurídica que permita su reconocimiento pleno en el marco legal chileno.

