
Las adultas mayores en Chile pueden aumentar el monto de su pensión mediante el Bono por Hijo, un beneficio estatal que se otorga por cada hijo nacido vivo o adoptado. Este bono consiste en un aporte previsional adicional que se acumula desde el nacimiento del hijo, aunque su pago comienza al momento de la jubilación, y tiene la posibilidad de ser heredado.
Según información de ChileAtiende, las beneficiarias pueden heredar el Bono por Hijo a sus descendientes si fallecen después de cumplir los 65 años, ya que este bono se considera parte de su patrimonio. Sin embargo, esta herencia no es aplicable si la beneficiaria obtuvo el bono por ser parte de la Pensión Garantizada Universal (PGU), ni si fallece antes de los 65 años y está afiliada a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
Para solicitar el Bono por Hijo, las interesadas deben acceder a la página de consulta y solicitud del gobierno, donde deberán ingresar su RUT y fecha de nacimiento para verificar su elegibilidad. Si son elegibles, podrán continuar el proceso de postulación utilizando su Clave Única. Este trámite también puede realizarse en la Sucursal Virtual, en las oficinas de ChileAtiende, en las oficinas de su AFP, o en su municipio o compañía de seguros.
Los requisitos para obtener el Bono por Hijo son los siguientes: la solicitante debe tener 65 años o más, contar con una cédula de identidad vigente, y haber residido en Chile por al menos 20 años (ya sea de forma continua o discontinua) desde que cumplió 20 años, además de haber vivido en el país al menos cuatro de los últimos cinco años previos a la solicitud. También debe cumplir con alguna de las siguientes condiciones previsionales: estar afiliada a una AFP y recibir pensión desde el 1 de julio de 2009 o después, recibir la PGU, o, si no está afiliada a un sistema previsional, recibir una Pensión de Sobrevivencia con Aporte Previsional Solidario de Vejez otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS) desde el 1 de julio de 2009 o después.
El monto del Bono por Hijo varía según la beneficiaria: si el hijo nació el 1 de julio de 2009 o después, el bono equivale al 10% de 18 sueldos mínimos vigentes en el mes del nacimiento. En cambio, si los hijos nacieron el 30 de junio de 2009 o antes, el sueldo mínimo se calcula en base a $165.000, que era el monto vigente en julio de 2009.