
Durante el mes de mayo, un número significativo de chilenas y chilenos que cumplan con ciertos requisitos recibirán el pago único del Bono de Invierno 2025. Este beneficio económico no requiere postulación y tiene como objetivo principal ofrecer apoyo ante los gastos adicionales que suelen surgir durante esta época del año.
Detalles del Bono de Invierno 2025
En la edición de 2024, más de 1 millón 750 mil personas pensionadas fueron elegibles para recibir este aporte, que en ese año ascendió a $77.982 por persona, lo que representó una inversión estatal de más de $137 mil millones. Para la versión de este año, según la información proporcionada por la página de ChileAtiende, el monto a pagar será de $81.257. Este beneficio, al igual que en ocasiones anteriores, no será tributable ni imponible, y no estará sujeto a ningún tipo de descuento.
Requisitos para recibir el Bono de Invierno 2025
Uno de los principales requisitos para acceder a este bono es que las personas deben tener 65 años de edad o más, cumplidos al 1 de mayo del presente año. Además, existen cuatro grupos específicos que recibirán el dinero del Bono de Invierno 2025:
Grupo 1
Beneficiarios de pensiones contributivas.
Grupo 2
Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal.
Grupo 3
Beneficiarios de pensiones especiales de reparación.
Grupo 4
Beneficiarios de pensiones contributivas con APSV, con PGU o con pensión especial de reparación.
Exclusiones para el cobro del Bono de Invierno 2025
No podrán acceder al Bono de Invierno 2025 aquellas personas que reciban más de una pensión, a menos que el total de sus pensiones no supere el monto de una pensión mínima de vejez, que es de $222.474,62, reajustable en septiembre, para personas de 75 años o más. Esto incluye pensiones del seguro social por accidentes laborales y enfermedades profesionales, así como pensiones de gracia.
Además, quedan excluidos quienes sean titulares del Subsidio de Discapacidad, ya que este subsidio está dirigido a menores de 18 años y no está contemplado en la ley. Asimismo, quienes perciban la indemnización del carbón, conforme a la Ley Nº 19.129, también quedan excluidos, incluso si sus ingresos totales están por debajo del límite establecido.