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Aporte Familiar Permanente 2025: ¿Quiénes son los beneficiarios del Bono Marzo de $64.000?

Consulta tu RUT para verificar el pago de $64
Consulta tu RUT para verificar el pago de $64

El Aporte Familiar Permanente 2025, conocido comúnmente como Bono Marzo, se distribuyó en varias fechas durante el primer trimestre del año. Este beneficio otorgó un monto de $64.000 por cada menor de 18 años que estuviera presente en los hogares que cumplieron con los requisitos establecidos por la ley. Los pagos se realizaron en tres fechas específicas: el 17 de febrero, el 3 de marzo y el 17 de marzo. Si los beneficiarios desean verificar si recibieron el bono, pueden hacerlo en línea utilizando su RUT y su fecha de nacimiento.

¿Quiénes recibieron el Bono Marzo 2025?

El Aporte Familiar Permanente fue asignado automáticamente a los individuos que pertenecen a alguno de los siguientes grupos:

  • Personas que reciben el Subsidio Familiar (SUF).
  • Beneficiarios de Asignación Familiar o Asignación Maternal.
  • Integrantes de los programas Seguridades y Oportunidades y Chile Solidario.

El monto del bono se depositó una vez al año, sin necesidad de que los beneficiarios realizaran una postulación, siempre que cumplieran con las condiciones establecidas al 31 de diciembre del año anterior.

¿Cómo saber si recibiste el Aporte Familiar con tu RUT?

Para consultar si el bono fue depositado en su caso, los beneficiarios deben seguir estos pasos:

  1. Acceder al sitio oficial del Aporte Familiar Permanente.
  2. Hacer clic en el botón “Consultar”.
  3. Ingresar su RUT y fecha de nacimiento.

El sistema proporcionará información sobre si el beneficio fue asignado y la fecha en que se realizó el pago.

¿Qué hacer si no recibiste el pago y crees que cumples los requisitos?

Si un beneficiario no recibió el bono y considera que debería haberlo recibido, tiene la opción de apelar dentro del plazo de un año. Para ello, debe:

  1. Acceder nuevamente a la página del Aporte Familiar Permanente.
  2. Ingresar su RUT y fecha de nacimiento.
  3. Seguir las instrucciones para ingresar la solicitud de apelación correspondiente.
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