
La empresa MG Construcciones SpA ha solicitado su quiebra ante el 4° Juzgado Civil de Santiago debido a su insolvencia financiera, lo que le impide cumplir con sus obligaciones económicas. En el documento presentado, se detalla que la compañía fue constituida en junio de 2023 con el propósito de llevar a cabo actividades inmobiliarias, tanto con bienes propios como arrendados, así como en la construcción, fabricación de productos metálicos, trabajo de metales, y otros tipos de transporte por vía terrestre, entre otros rubros.
Confianza mal depositada
En el mismo escrito, el representante legal de MG Construcciones SpA expone que decidió colaborar con un amigo, a quien confió la gestión de los gastos de la empresa. Según el documento, esta persona tenía la autoridad para solicitar créditos, realizar cobros y pagar en nombre de la empresa. El representante menciona: “En ese aspecto, la mencionada persona tenía las facultades de solicitar créditos, cobros y pagar a nombre de la empresa lo que correspondía al rubro”.
Préstamos para uso personal
Sin embargo, tras varios meses y notificaciones de deudas, el representante legal se dio cuenta de que su socio había solicitado préstamos a nombre de la empresa, pero para fines personales. Además, este individuo dejó de pagar cuotas y gastos, lo que resultó en una acumulación de deudas. El representante afirma: “Me estafó durante este período y luego se fue sin dejar rastro hasta el día de hoy”.
Situación irremontable
La situación financiera de la empresa se ha vuelto crítica. El representante legal señala que ha tenido que endeudarse para cumplir con las obligaciones de la empresa, pero la situación se agrava cada día. A pesar de sus esfuerzos por cumplir con los pagos a trabajadores, proveedores y obligaciones fiscales, ha declarado que “la situación es irremontable y es imposible continuar con las actividades de la empresa”.
Estado de falencia económica
El escrito enfatiza que el estado de falencia económica y financiera es irreversible y de carácter generalizado. Se menciona la cesación generalizada de pago y el aumento constante de las deudas, lo que ha llevado a la empresa a iniciar un procedimiento concursal. El representante concluye que, en virtud de la Ley 20.720, se busca hacer frente a las deudas de la empresa deudora y proceder con el pago de manera concursal.