El Gobierno presentó un proyecto de ley que busca facilitar el acceso a la vivienda mediante un subsidio a las tasas de interés de los créditos hipotecarios. La iniciativa, que incluye una garantía estatal del 60% del valor del inmueble, tiene como objetivo reducir el costo de los dividendos mensuales y reactivar el mercado inmobiliario. A continuación, te contamos los detalles clave de esta propuesta.
Detalles del Subsidio a las Tasas Hipotecarias
El proyecto de ley propone un subsidio a la tasa de interés de los créditos hipotecarios para viviendas de hasta 4 mil UF (aproximadamente $150 millones). Este subsidio podría alcanzar hasta 60 puntos base (pb) en la tasa de interés. Además, se complementa con una garantía estatal del 60% del valor de la vivienda, a través del programa “Vivienda 2”, que no se limita a primeros inmuebles.
Impacto en los Dividendos Mensuales
Según cifras del Gobierno, una vivienda de 3.500 UF a 30 años de plazo, con una reducción de 100 pb en la tasa de interés, vería su dividendo mensual disminuir de $678.341 a $601.672, lo que representa un ahorro mensual de $76.669. En términos totales, el ahorro alcanzaría los 27.6 millones durante la vida del crédito.

Beneficios y Cobertura del Programa
El subsidio estará disponible para 50 mil familias, con 5 mil cupos exclusivos para primeras viviendas de hasta 3 mil UF que cumplan con los requisitos del DS 15. El resto de los subsidios no tendrá restricciones específicas. El crédito podrá financiar hasta el 90% del valor de la vivienda, y las promesas de compraventa deberán haberse celebrado a partir del 1 de enero de 2025.
Objetivos del Proyecto
La iniciativa busca no solo facilitar el acceso a la vivienda, sino también reactivar el sector de la construcción y reducir el stock de viviendas sin comercializar. Según proyecciones, se espera inducir 50 mil ventas, superando el promedio de 30 mil registrados en los últimos años.
Vigencia y Financiamiento
El subsidio y la garantía estarán disponibles para solicitudes ingresadas hasta 12 meses después de la publicación de la ley. El Estado pagará a los bancos e instituciones financieras el subsidio correspondiente después de la operación renta del período, aunque los beneficiarios recibirán el beneficio desde el momento en que se otorgue el crédito.