La reciente Resolución 3934/2024 emitida por el gobierno de Argentina establece nuevas restricciones en la emisión de recetas para medicamentos de alto costo en planes de salud cerrados. Esta normativa, comunicada por la Superintendencia de Servicios de Salud, tiene como objetivo preservar la sostenibilidad financiera del sistema de salud y reducir la judicialización de casos relacionados con la prescripción de medicamentos.
Detalles de la resolución
La resolución aclara que los pacientes deberán acudir exclusivamente a médicos que estén dentro de la cartilla de su obra social para obtener recetas de medicamentos de alto costo. Esto significa que, en caso de que un afiliado consulte a un profesional fuera de la red autorizada, no podrá acceder al reembolso de la prescripción. Según el superintendente Gabriel Oriolo, esta medida busca asegurar que las prescripciones sean adecuadas y que los médicos conozcan el historial clínico de los pacientes.
Impacto en los beneficiarios de planes cerrados
La medida afecta principalmente a los beneficiarios de planes de salud cerrados, quienes, tras la reciente emisión de la normativa, se verán obligados a seguir este nuevo procedimiento. La Superintendencia de Servicios de Salud advirtió que esta resolución “no representa ninguna modificación en los medicamentos o la atención médica que la gran mayoría de los argentinos utilizan en el sistema”. Además, se destacó que la norma será ampliada en los próximos días para incluir un conjunto de enfermedades definidas como de precio catastrófico, que abarcan condiciones como cáncer, enfermedades poco frecuentes, trasplantes, atrofia muscular espinal, ELA (esclerosis lateral amiotrófica), fibrosis quística, entre otras.
Justificación de la medida
El argumento de Oriolo para implementar esta medida se basa en la necesidad de que las prescripciones sean siempre adecuadas. En un comunicado divulgado en redes sociales, se explicó que estas enfermedades se denominan de precio catastrófico porque su tratamiento implica un costo económico elevado, lo que genera severos daños a quienes las padecen, haciendo que la financiación desde el presupuesto familiar resulte insostenible. La resolución busca asegurar el derecho al acceso a tratamientos y que las prácticas para estas patologías sean debidamente autorizadas por los agentes de seguro, garantizando así la calidad de la atención.
Acceso a tratamientos y consultas
A partir de esta disposición, los afiliados a planes de salud cerrados deberán acudir a médicos incluidos en la red de su obra social. Si un afiliado consulta a un profesional fuera de esta red, podrá acceder a la opción de reintegro de esa prescripción, lo que marca un cambio significativo en la forma en que se gestionan los medicamentos de alto costo. Desde la Superintendencia argumentaron que este enfoque busca que los recursos se asignen de manera eficiente y equitativa, lo que compromete la sostenibilidad del sistema.
Flexibilidad para planes abiertos
Por otro lado, los beneficiarios de planes de salud abiertos podrán continuar con la flexibilidad de consultar a médicos de su confianza, ya que no se les limita en cuanto a los costos menores. Estos afiliados también podrán recibir reintegros por consultas, excluyendo la modalidad de cobertura que les permite elegir entre diversos prestadores sin asumir altos costos. Oriolo puntualizó que “las empresas de medicina ofrecen a los pacientes la posibilidad de atenderse con prestadores incluidos en su red”.
Protección del sistema de salud
El propósito principal de esta resolución es que los médicos que prescriben tratamientos conozcan el detalle clínico de los pacientes, protegiendo así la eficiencia del sistema. Se busca evitar que médicos sin la debida especialización en ciertas patologías prescriban tratamientos que podrían generar un impacto negativo en el sistema de salud. Oriolo explicó que en ocasiones las familias incurren en tratamientos experimentales que carecen de suficiente respaldo científico, y que algunos médicos prescriben medicamentos que no tienen evidencia científica suficiente.
Obligatoriedad de declaración jurada
Además, la resolución incluye la obligatoriedad de que los involucrados firmen una declaración jurada sobre posibles conflictos de interés con laboratorios farmacéuticos. Oriolo concluyó que “no estamos buscando medicamentos tradicionales o habituales que requieran regulación de alguna forma”, sino que se busca asegurar que aquellos tratamientos que se prescriben sean adecuados y necesarios.

