El 7° Juzgado de Garantía de Santiago ha declarado como inadmisible la querella presentada por Mario Desbordes, quien acusaba a la administración de Irací Hassler de cometer prevaricación administrativa en relación a la concesión de permisos para las fondas de Fiestas Patrias en el Parque O’Higgins durante el año anterior.
Detalles de la querella
La denuncia de Desbordes se fundamentaba en un dictamen previo emitido por la Contraloría, que estipulaba que el permiso para las fondas debía ser gestionado a través de un proceso de licitación pública y requería la autorización del Concejo Municipal. En este contexto, el juez Patricio Álvarez determinó que los hechos expuestos en la querella “no son constitutivos del delito de prevaricación administrativa”, argumentando que se trataba de una resolución administrativa.
Explicaciones del juez
El juez Álvarez aclaró que “los hechos denunciados en la querella dicen relación con el marco del derecho público aplicable al acto administrativo cuestionado y no con la manifiesta injusticia del mismo como exige el tipo penal”. Esta afirmación subraya que la naturaleza de la denuncia no se ajusta a los criterios necesarios para ser considerada un delito penal.
Dictamen de la Contraloría
Además, el juez remarcó que, aunque el dictamen de la Contraloría cuestionaba el acto administrativo en cuestión, “no formuló denuncia ante el Ministerio Público” y dejó a la autoridad comunal la potestad de decidir si se debía iniciar un procedimiento disciplinario. Esto implica que la Contraloría no consideró que los hechos ameritaran una acción penal directa.
Responsabilidad de los funcionarios municipales
El tribunal concluyó que, en caso de que se identificara alguna ilegalidad en el proceso de tramitación del permiso, la responsabilidad de los funcionarios municipales se limitaría al ámbito civil y no al penal. En este sentido, la resolución del juez establece que “la eventual responsabilidad de los funcionarios municipales se circunscribiría únicamente al ámbito civil”, lo que implica que cualquier posible infracción no sería objeto de un proceso penal.

