
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha anulado las decisiones del Parlamento Europeo que suspendían la inmunidad de los eurodiputados Carles Puigdemont, Antoni Comín y Clara Ponsatí. Esta sentencia revoca un fallo anterior del Tribunal General de 2023, que había desestimado el recurso presentado por los parlamentarios en contra de los suplicatorios solicitados por el Tribunal Supremo de España.
La controversia se origina en un proceso penal iniciado por el Ministerio Fiscal, la Abogacía del Estado y el partido VOX tras el referéndum de independencia de Cataluña del 1 de octubre de 2017. En marzo de 2018, la justicia española procesó a los tres políticos por presuntos delitos de rebelión y malversación, emitiendo órdenes de detención que quedaron en suspenso debido a que los acusados se encontraban fuera del país. Tras ser elegidos en las elecciones europeas de 2019, el Parlamento Europeo accedió en marzo de 2021 a la solicitud de suspensión de su inmunidad.
En su reciente resolución, el TJUE argumenta que la designación del ponente encargado de instruir los suplicatorios no cumplió con los requisitos de imparcialidad necesarios. La normativa interna del Parlamento prohíbe que el ponente pertenezca al mismo grupo político que el eurodiputado afectado, con el fin de evitar afinidades ideológicas. Sin embargo, el Tribunal amplía esta restricción al caso en que el ponente sea miembro del mismo grupo político que el partido que ha promovido el proceso penal.
El fallo señala que el eurodiputado designado como ponente pertenecía al grupo de los Conservadores y Reformistas Europeos (CRE), el mismo bloque en el que se encuentran los representantes de VOX. Según la sentencia, esta relación política puede generar dudas legítimas sobre la neutralidad del instructor, lo que contraviene el derecho a una buena administración establecido en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Además, el Tribunal de Justicia destaca que en marzo de 2019, el ponente organizó un evento en la sede del Parlamento con el secretario general de VOX, donde se realizaron declaraciones a favor del procesamiento de los diputados. Este hecho sugiere una posición previa sobre el litigio, lo que invalida los informes de suspensión de inmunidad por la falta de garantías en el procedimiento de instrucción.