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Empresa de Magallanes funa a cliente por deuda, pero la culpa era de la cajera

Confusión en caja: cliente funado por error de cajera en Magallanes.
Confusión en caja: cliente funado por error de cajera en Magallanes.

Una empresa de Magallanes enfrenta una denuncia del Sernac tras viralizar la imagen de un cliente inocente por un error de cobro. Podría recibir una millonaria multa.

Una empresa ubicada en Magallanes decidió hacer viral en su cuenta de Facebook la imagen de un cliente que no había pagado una caja de pollos, cuyo costo ascendía a aproximadamente 40 mil pesos. Sin embargo, la situación se complicó cuando se descubrió que el error había sido cometido por la cajera, quien no registró correctamente el monto de la transacción.

Tras la publicación en redes sociales, el cliente afectado regresó al establecimiento para indagar sobre la razón de la difusión de su imagen, ya que consideraba que no había hecho nada incorrecto. Durante este encuentro, se esclareció que efectivamente el hombre era inocente. Al revisar las grabaciones de seguridad, se evidenció que la confusión se debió a una negligencia por parte de la trabajadora, quien no había notado el error en el cobro, mientras que el cliente estaba concentrado en guardar sus compras.

Una vez aclarada la situación, el cliente decidió presentar una denuncia ante el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), argumentando que su imagen había sido perjudicada por la publicación. La respuesta de la distribuidora Tierra del Fuego generó aún más malestar, ya que la empresa justificó la difusión de las imágenes como parte de su política para contactar a los clientes en caso de errores en el cobro. Según la empresa, “la difusión se hace como medida para localizar o buscar al cliente, pero en ningún caso era la idea perjudicar o dañar la imagen”.

Ante esta situación, el Sernac tomó la decisión de presentar una denuncia formal en el Primer Juzgado de Policía Local de Punta Arenas. La denuncia se basa en la supuesta vulneración del derecho al respeto y la seguridad en el consumo, tal como se establece en el Artículo 3 de la normativa, que impone la obligación de proteger al consumidor, incluyendo su dignidad personal. Además, se argumenta que la empresa infringió el Artículo 15, que exige el respeto a la dignidad y derechos de las personas a través de sus sistemas de seguridad y vigilancia, así como el Artículo 23, que establece el deber de profesionalidad y la obligación de actuar con diligencia para evitar menoscabos al consumidor.

Como resultado de estas infracciones, la distribuidora enfrenta la posibilidad de una multa que podría alcanzar hasta 300 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por cada una de las infracciones señaladas, lo que totalizaría 900 UTM, equivalentes a cerca de 60 millones de pesos.

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