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Nueva norma del SII: ¿Cómo afectará el límite de 50 transferencias bancarias a los comerciantes?

Límite de 50 transferencias bancarias: conoce sus implicaciones y excepciones.
Límite de 50 transferencias bancarias: conoce sus implicaciones y excepciones.

A partir de enero de 2025, se implementará el nuevo “límite de las 50 transferencias” bancarias, una medida establecida por el Servicio de Impuestos Internos (SII) en el contexto de la Ley 21.713 de Cumplimiento Bancario. Esta normativa tiene como objetivo principal combatir la evasión y elusión tributaria, obligando a todas las personas que comercializan productos o prestan servicios a formalizar sus actividades comerciales.

Obligaciones de las instituciones bancarias

Las entidades bancarias y financieras están obligadas a reportar al SII aquellas cuentas que reciban más de 50 transferencias de diferentes personas en un mes, o más de 100 transferencias de personas distintas en un periodo de seis meses. Este informe se presentará de manera semestral, con los reportes correspondientes a los meses de julio y enero. El informe de julio abarcará las transferencias del primer semestre, mientras que el de enero incluirá las transacciones del segundo semestre del año anterior.

Impacto de la norma

La implementación de esta norma está diseñada para identificar la informalidad en los negocios y a aquellos que no cumplen con sus obligaciones tributarias. Por lo tanto, afecta directamente a:

  • Personas que tienen una actividad comercial y no han iniciado actividades en el SII.
  • Vendedores de productos o servicios que no emiten boletas o facturas.
  • Creadores de contenido que venden productos o servicios a través de redes sociales o internet.

Requisitos generales para comerciantes

En términos generales, cualquier persona que realice actividades comerciales debe iniciar su actividad ante el SII y emitir boletas que incluyan el IVA. Además, es necesario realizar la declaración correspondiente hasta el día 20 de cada mes.

Excepciones a la norma

No todas las personas están sujetas a esta obligación. Quedan excluidos de esta normativa:

  • El tesorero o la tesorera de curso, así como clubes deportivos.
  • Cuotas de actividades sociales y/o familiares.
  • Actividades solidarias.
  • Quienes recaudan fondos de una comunidad para el pago de servicios comunes.
  • Rifas organizadas por establecimientos educacionales.

Esta nueva regulación busca fortalecer el cumplimiento tributario y asegurar que todas las actividades comerciales sean debidamente registradas y fiscalizadas.

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