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Corte Suprema reafirma facultades de la Dirección del Trabajo para fiscalizar y sancionar a empresas con multas en disputa judicial

La Corte Suprema respalda la fiscalización laboral de Orica Chile
La Corte Suprema respalda la fiscalización laboral de Orica Chile

La Corte Suprema de Chile ha revocado la decisión de la Corte de Apelaciones de Copiapó, desestimando el recurso de protección presentado por Orica Chile contra la Inspección Provincial del Trabajo de la misma ciudad, que había llevado a cabo múltiples fiscalizaciones sobre la empresa.

La controversia se originó cuando Orica Chile argumentó que la Inspección había actuado de manera ilegal y arbitraria al realizar fiscalizaciones repetidas sobre asuntos que ya habían sido objeto de multas administrativas, las cuales estaban siendo impugnadas en los tribunales. La empresa alegó que la autoridad había excedido sus competencias al interpretar cláusulas de instrumentos colectivos, lo que, según su criterio, vulneraba el principio de legalidad y el debido proceso. Orica solicitó que se detuvieran las fiscalizaciones y sanciones hasta que se resolviera la disputa judicial.

Por su parte, la Inspección Provincial del Trabajo defendió su actuación, afirmando que estaba dentro de sus atribuciones legales para fiscalizar el cumplimiento de la legislación laboral y aplicar sanciones por infracciones constatadas, independientemente de las reclamaciones judiciales en curso. La autoridad argumentó que las fiscalizaciones se iniciaron a raíz de denuncias de trabajadores y sindicatos, y que no había una interpretación incorrecta de los instrumentos colectivos ni una violación del principio non bis in ídem, que prohíbe ser juzgado dos veces por el mismo hecho.

La Corte de Apelaciones de Copiapó había fallado a favor de Orica, señalando que la Inspección del Trabajo debía ejercer sus facultades dentro de los límites del ordenamiento jurídico, especialmente cuando los asuntos estaban siendo revisados por tribunales laborales. El tribunal consideró que la repetición de fiscalizaciones y multas por los mismos hechos constituía un uso desproporcionado de la potestad administrativa, lo que llevó a acoger el recurso de protección.

Sin embargo, la Corte Suprema, al revisar el caso, subrayó que la Inspección del Trabajo tiene la responsabilidad de fiscalizar y que su actuación no puede ser considerada ilegal solo porque existan reclamaciones judiciales pendientes. El máximo tribunal recordó que la ley otorga a la Inspección la facultad de investigar denuncias de trabajadores, y que las multas impuestas pueden ser apeladas ante los tribunales laborales, lo que asegura que las partes puedan ejercer sus derechos en el marco de la ley.

Finalmente, la Corte Suprema concluyó que la controversia ya estaba siendo tratada por los tribunales laborales a través de los procedimientos establecidos, y que no era apropiado utilizar la acción de protección como un medio alternativo para resolver la disputa. Por lo tanto, revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones y rechazó el recurso de protección presentado por Orica Chile.

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