La Corte Suprema de Chile ratificó la decisión de la Corte de Apelaciones de Concepción que desestimó un recurso de amparo contra el Juzgado de Garantía de Lota, relacionado con una orden de entrada y registro en un domicilio vinculado a un imputado por tráfico de drogas.
El caso se originó cuando el recurrente argumentó que la autorización para el ingreso y registro del inmueble era ilegal, alegando que se basaba en antecedentes insuficientes y contradictorios, lo que contravendría el artículo 208 del Código Procesal Penal. Según su defensa, el inmueble carecía de numeración, y las coordenadas proporcionadas para su identificación correspondían a una dirección diferente a la que fue allanada, lo que, según ellos, invalidaba la orden judicial por falta de precisión.
Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Concepción consideró que, a pesar de la discrepancia entre las coordenadas geográficas y la dirección verbalmente indicada, esta inconsistencia fue calificada por el juez de garantía como un simple error de referencia, sin impacto significativo en la legalidad de la orden. La Corte argumentó que el inmueble había sido correctamente individualizado a través de diligencias investigativas previas y que la orden cumplía con todos los requisitos legales establecidos.
La orden judicial fue emitida por un tribunal competente a solicitud del Ministerio Público y estuvo precedida por una investigación policial, lo que llevó a la conclusión de que la actuación no era ilegal ni arbitraria. Además, se destacó que la defensa ya había planteado la supuesta ilegalidad durante la audiencia de control de detención, donde fue rechazada, resultando en la prisión preventiva del imputado por el delito de tráfico de drogas.
Finalmente, la defensa apeló la decisión de la Corte de Apelaciones, pero la Corte Suprema confirmó el fallo, manteniendo la legalidad de la actuación judicial y la detención del imputado.

