
Un egresado de Derecho de la Universidad de Chile logró que la Corte de Apelaciones de Santiago acogiera su recurso de protección, permitiéndole avanzar en su proceso de titulación a pesar de deudas arancelarias.
El tribunal determinó que la universidad había vulnerado la Ley N°21.707, que prohíbe condicionar la rendición de exámenes y la obtención de títulos al pago de deudas económicas.
El demandante, quien ingresó a la carrera en 1997 y se graduó en 2004, argumentó que la universidad le había impedido abrir su expediente para el examen de grado y la inscripción de su memoria debido a una deuda acumulada por aranceles y el Fondo Solidario. Afirmó que, tras la entrada en vigencia de la Ley N°21.707, solicitó su reincorporación, pero la universidad mantuvo la exigencia de regularizar su deuda, lo que consideró ilegal y arbitrario.
En su defensa, la Universidad de Chile solicitó el rechazo del recurso, argumentando que la prohibición de la ley no se aplicaba en su caso, ya que el egresado no se encontraba en la etapa de examen de grado. La universidad también señaló que la deuda incluía montos judicializados y que la normativa debía interpretarse de manera restrictiva, asegurando que solo cumplía con informar sobre las obligaciones vigentes.
Sin embargo, la Corte de Santiago revisó los antecedentes y concluyó que la Ley N°21.091 prohíbe a las instituciones de educación superior condicionar la rendición de exámenes de grado o titulación al pago de deudas. El tribunal destacó que esta prohibición se extiende a cualquier requerimiento económico que afecte el acceso a evaluaciones finales, lo que se alinea con el derecho a la educación establecido en la Ley General de Educación y en la Constitución.
El fallo subrayó que la actuación de la universidad era ilegal y discriminatoria, ya que imponía restricciones no permitidas por la ley, generando un trato desigual respecto a otros estudiantes en la misma situación. En sus palabras, la corte afirmó que la negativa de la universidad había creado una “diferencia de trato en relación con otros estudiantes que se encuentran en la misma condición, impidiéndole ilegítimamente completar su proceso de titulación”.
Como resultado, la corte acogió el recurso de protección, ordenando a la Universidad de Chile permitir al egresado rendir su examen de grado y desarrollar su memoria de prueba sin condicionamientos económicos. Este fallo fue posteriormente confirmado por la Corte Suprema.