La Corte de Apelaciones de Santiago ha desestimado el reclamo de ilegalidad presentado por la Defensoría del Contribuyente en contra de una resolución del Consejo para la Transparencia (CPLT), que ordenó la entrega de información sobre las marcaciones horarias y otros antecedentes laborales de dos funcionarios públicos.
El conflicto se originó a raíz de una solicitud de acceso a la información realizada el 23 de enero de 2025, en la que se pedían detalles sobre las marcaciones horarias, justificaciones de inasistencias, licencias médicas y la modalidad de teletrabajo de los funcionarios desde el 15 de enero de 2025.
La Defensoría del Contribuyente respondió a la solicitud denegando parcialmente la información, argumentando que su divulgación podría afectar la seguridad y el derecho a la honra de los funcionarios, quienes habían sido objeto de acusaciones públicas. En respuesta, el solicitante presentó un amparo ante el CPLT, que acogió el requerimiento y ordenó la entrega de la información solicitada.
Posteriormente, la Defensoría interpuso un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones, alegando que la decisión del CPLT vulneraba la protección de datos personales y la seguridad de los funcionarios. Sin embargo, la Corte desestimó estos argumentos, afirmando que la información solicitada es de carácter público, dado que se refiere al ejercicio de funciones públicas.
El tribunal subrayó que no se presentó evidencia concreta que justificara la reserva de la información, indicando que “las argumentaciones de la reclamante resultan ser genéricas y eventuales, sin que haya aportado medios de prueba o elementos de juicio que permitan ponderar el modo en que la develación del horario de entrada y salida en un periodo acotado de tiempo de los 2 funcionarios en cuestión irrogue un riesgo para la seguridad de éstos”.
La Corte de Santiago también destacó que la información requerida es pública conforme al artículo 8° de la Constitución y la Ley de Transparencia, ya que se trata de antecedentes laborales de funcionarios públicos elaborados con recursos fiscales.
Finalmente, el tribunal rechazó la alegación sobre la afectación de derechos, señalando que la Defensoría no presentó antecedentes concretos que acreditaran un daño cierto o probable a la seguridad de los funcionarios involucrados. En consecuencia, la Corte de Santiago desestimó el reclamo de ilegalidad.


