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Corte de Apelaciones rechaza amparo a favor de 141 internos de Til-Til tras cambios de Gendarmería

Corte desestima recurso sobre transformación de ex Cárcel de Punta Peuco.
Corte desestima recurso sobre transformación de ex Cárcel de Punta Peuco.

La Corte de Apelaciones de Santiago ha desestimado un recurso de amparo presentado en favor de 141 internos del Centro de Cumplimiento Penitenciario Til-Til, tras la realización de obras por parte de Gendarmería que transformaron el recinto en una “cárcel común”.

La abogada Carla Fernández Montero fue la encargada de interponer el recurso, argumentando que las modificaciones realizadas, que incluyeron la eliminación de un huerto y una cancha de cemento, han restringido severamente las posibilidades de actividad física y exposición al sol para los internos, especialmente en los módulos 5 y 6.

Fernández calificó las acciones de Gendarmería como “actos arbitrarios e ilegales”, señalando que se había incumplido la Ley Orgánica y el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, que prohíben tratos crueles, inhumanos o degradantes y exigen resguardar la integridad de los internos.

En respuesta, el abogado Héctor Sepúlveda Higuera, representante de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería, defendió las obras realizadas, indicando que el Centro de Cumplimiento Penitenciario Til-Til ya no es considerado un “penal especial” según el Decreto n.º 80 de 2025. Sepúlveda explicó que una de las canchas de tenis fue transformada en un galpón de visitas, pero que la otra cancha permanece operativa, además de contar con otros espacios de esparcimiento que suman más de 200 m² para actividades al aire libre.

En cuanto al huerto, el abogado argumentó que este había estado abandonado durante aproximadamente dos años debido a la falta de participación de los internos, quienes en su mayoría están eximidos de trabajo por razones de edad.

La Corte de Apelaciones, al evaluar el caso, concluyó que no se observaba ilegalidad en las acciones de Gendarmería, ya que la nueva construcción tenía como objetivo mejorar la atención de visitas a los internos. El tribunal determinó que no se trataba de un trato cruel o degradante y que las alegaciones sobre la privación de esparcimiento y la supresión del huerto estaban contradichas por el informe presentado por Gendarmería.

Finalmente, la Corte rechazó el recurso de amparo, argumentando que no se cumplían los requisitos fácticos y normativos necesarios para su procedencia.

Este fallo se suma a la reciente decisión de la misma corte de rechazar un recurso de protección interpuesto por la representante de 134 internos de la ex Cárcel de Punta Peuco, en relación al retiro de refrigeradores personales.

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