Inicio Actualidad

Justicia declara despido indebido de conductor y ordena indemnización de más de 29 millones tras maniobra de adelantamiento

Despedido por adelantar un auto: Justicia ordena indemnización de 29 millones.
Despedido por adelantar un auto: Justicia ordena indemnización de 29 millones.

Un fallo judicial en Chile ha determinado que un despido injustificado de un trabajador que realizó una maniobra de adelantamiento mientras conducía un camión de alto tonelaje es nulo, lo que obligará a la empresa a pagar una indemnización de más de 29 millones de pesos.

El incidente tuvo lugar a finales de 2023 en la Ruta CH-41, que conecta La Serena con Vicuña y Paihuano, en la Región de Coquimbo. La maniobra del conductor, que fue grabada y viralizada en redes sociales, mostró cómo un vehículo blanco adelantó a alta velocidad en una curva en el sector de El Tambo, en el Valle de Elqui.

La Corte Suprema de Chile, al declarar inadmisible un recurso de unificación de jurisprudencia presentado por el empleador, confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones de Concepción. Esta última había mantenido la indemnización a favor del trabajador, que fue despedido tras el incidente.

El Tribunal de Alzada desestimó el recurso de nulidad interpuesto por la empresa, que argumentó que el despido se basaba en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, que establece el incumplimiento grave de funciones, alegando que la maniobra del trabajador era “altamente mortífera”. Sin embargo, la Corte sostuvo que la calificación jurídica del tribunal de primera instancia fue correcta, destacando que, aunque hubo una infracción imprudente de tránsito, no se demostró un perjuicio patrimonial ni un quiebre irreparable de confianza.

Además, se subrayó que el trabajador contaba con más de nueve años de servicio sin anotaciones disciplinarias, lo que refuerza su posición. La Corte también enfatizó que la gravedad del incumplimiento debe evaluarse en función de su impacto real en la relación laboral, y que el despido solo es procedente cuando no existen sanciones intermedias proporcionales, lo que no se aplicó en este caso.

Finalmente, se reiteró que el incidente ocurrió fuera del recinto laboral y no comprometió la seguridad de otros trabajadores ni afectó el funcionamiento de la empresa.

Salir de la versión móvil