La Contraloría General de la República de Chile emitió el Dictamen N° E207951N25 el 4 de diciembre de 2025, en el que se pronunció sobre la legalidad de la Resolución N° 45 de 2025 de la Dirección de Logística de Carabineros, que aprobó un contrato mediante trato directo con un proveedor de servicios de telecomunicaciones. Este dictamen se enmarca en el análisis del cumplimiento de las normativas de contratación administrativa y la jurisprudencia establecida por el propio organismo contralor.
El análisis se centra en la aprobación por parte de Carabineros de un contrato de arrendamiento del sistema radial trunking a nivel nacional, renovado por un período de 12 meses, bajo la justificación de razones de urgencia. La Contraloría recordó que las observaciones formuladas en el Oficio N° E179049 de 2025 no habían sido subsanadas, lo que llevó a la necesidad de revisar si la modalidad de trato directo estaba debidamente justificada.
En su revisión, el órgano de control reiteró que la contratación mediante trato directo es un mecanismo excepcional que requiere demostrar condiciones estrictas, como la existencia de una urgencia debidamente acreditada y la falta de otros proveedores idóneos que puedan prestar el servicio de manera oportuna. Sin embargo, la Contraloría enfatizó que en los antecedentes presentados por Carabineros no se encontró información que justificara la omisión de un proceso de licitación pública, ni evidencia que acreditara la inexistencia de otras empresas capaces de ofrecer la solución técnica requerida.
Además, el dictamen observó que Carabineros ha recurrido de manera reiterada a contratos directos con el mismo proveedor durante años, siempre bajo los mismos argumentos de urgencia y continuidad del servicio. Aunque en ocasiones anteriores se aceptaron estas contrataciones por la urgencia invocada, la Contraloría había recomendado avanzar hacia procesos licitatorios, recomendación que no fue atendida.
Esta práctica ha resultado en una serie de tratos directos que impiden verificar si existen condiciones más eficientes en términos técnicos o económicos, lo que vulnera las reglas legales y reglamentarias de la compra pública.
El dictamen también indicó que no se verificó si el proveedor estaba afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración, un requisito esencial para la validez de toda contratación pública.
A pesar de lo anterior, la Contraloría reconoció que Carabineros debe garantizar la continuidad del servicio público en comunicaciones operativas, lo que podría justificar excepcionalmente un trato directo para evitar la interrupción del sistema. Sin embargo, esta excepción solo puede aplicarse una vez y por el tiempo estrictamente necesario para llevar a cabo la correspondiente licitación, la cual no debe exceder de un año.
Tras revisar los antecedentes y confirmar que las observaciones del dictamen previo se mantienen sin corrección, la Contraloría resolvió representar nuevamente la resolución cuestionada, reiterando la obligatoriedad de sujetar futuras contrataciones a los procedimientos competitivos establecidos en la normativa vigente.

