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Corte de Apelaciones ordena a isapre Colmena equiparar cobertura de salud mental con salud física

Isapre Colmena debe ajustar su plan para cubrir tratamiento de salud mental.
Isapre Colmena debe ajustar su plan para cubrir tratamiento de salud mental.

La Corte de Apelaciones de Santiago ha dictado una resolución que obliga a la isapre Colmena Golden Cross a realizar ajustes en su cobertura de salud mental, equiparando las prestaciones psicológicas y psiquiátricas a las que ofrece en salud física.

Fallo de la Corte de Apelaciones

En un fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada determinó que la isapre había incurrido en un “actuar ilegal” al ofrecer una cobertura limitada para las prestaciones de salud mental. Este fallo se basa en la interpretación de la Ley N°21.331, que tiene como objetivo principal “erradicar cualquier tipo de discriminación en el acceso integral a la salud mental”.

Normativa y regulaciones

La resolución también menciona que la Superintendencia de Salud, en su rol como regulador, está obligada a establecer la normativa reglamentaria necesaria para implementar los preceptos de la ley mencionada. Esta ley prohíbe a las instituciones de salud previsional “comercializar” planes que restrinjan la cobertura o que impongan topes de bonificación a las prestaciones de salud mental en comparación con otras prestaciones de salud.

Contratos de salud y discriminación

El tribunal enfatizó que los contratos de salud ofrecidos por las isapres deben ajustarse a las normativas vigentes, con el fin de “resguardar la garantía constitucional de la igualdad, al prohibir la discriminación”. En este contexto, se concluyó que no es aceptable permitir la existencia de cláusulas contractuales que limiten la cobertura de las prestaciones relacionadas con la salud mental.

Obligación de ajustes por parte de Colmena

Como resultado de esta decisión, Colmena Golden Cross deberá llevar a cabo los ajustes necesarios para garantizar que las prestaciones psicológicas y psiquiátricas sean equivalentes a las que ofrece en el ámbito de la salud física. La Corte ha dejado claro que la igualdad en la cobertura de salud es un principio fundamental que debe ser respetado por todas las isapres.

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