La Corte Suprema de Chile ha ratificado la legalidad del acuerdo entre Codelco y SQM, desestimando el recurso presentado por la empresa china Tianqi, uno de los principales accionistas de SQM.
En su fallo, el máximo tribunal del país determinó que el recurso de Tianqi carecía de una identificación clara de las normas que supuestamente habían sido infringidas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) en su pronunciamiento sobre el acuerdo que dio origen a NovaAndino. La Corte concluyó que no existe ilegalidad en las acciones del regulador, validando así el marco institucional y regulatorio del acuerdo, que se enmarca dentro de la Estrategia Nacional del Litio.
El presidente del Consejo de Defensa del Estado (CDE), Raúl Letelier, expresó su satisfacción con la sentencia, afirmando que “valoran profundamente la sentencia, que vuelve a confirmar la corrección en el ejercicio de las potestades del Estado de Chile para desplegar una política pública esencial para el desarrollo del país”. Letelier añadió que la decisión reafirma que la CMF actuó dentro de la legalidad al validar el acuerdo entre Codelco y SQM para la explotación de litio.
El CDE participó en la defensa del caso, donde Tianqi había cuestionado en varias ocasiones la legalidad del acuerdo, argumentando que debía ser sometido a votación por los accionistas de SQM. Sin embargo, la CMF sostuvo que la asociación no requería una votación de accionistas, ya que la administración de una sociedad anónima corresponde al directorio, y solo en circunstancias excepcionales se requiere la intervención de los inversores.
En este sentido, la Corte determinó que no se cumplían los requisitos necesarios que obligarían a SQM a convocar a una junta de accionistas para pronunciarse sobre la alianza con Codelco, lo que refuerza la posición del regulador y del CDE en este asunto.

