
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha declarado nulo el despido de un camionero que fue despedido por su empresa solo dos días después de haber sufrido un infarto, lo que implica que la empresa deberá readmitirlo y compensarlo con una indemnización significativa. El trabajador había estado empleado en la compañía desde el 24 de febrero de 2023, desempeñándose como conductor mecánico y percibiendo un salario diario de 51,36 euros, equivalente a 58 mil pesos chilenos. El 26 de febrero de 2024, el empleado sufrió un infarto y fue trasladado de urgencia a un hospital. En el mismo día en que sufrió el infarto, el hombre inició una baja laboral, similar a una licencia médica en Chile, y su esposa notificó a la empresa sobre esta situación al día siguiente. Sin embargo, el 28 de febrero, la empresa le comunicó a través de un correo electrónico que había sido despedido con efecto desde el 25 de febrero, es decir, un día antes de su infarto, argumentando que ‘no había superado el periodo de prueba’. El camionero, insatisfecho con esta decisión, presentó una demanda contra la empresa ante el Juzgado Social N°1 de Girona. Este tribunal declaró nulo el despido y ordenó a la empresa que lo readmitiera, además de pagarle los salarios que habría percibido durante el tiempo que estuvo despedido, así como una indemnización de 8.000 euros, que equivale a 9.043.200 pesos chilenos. A pesar de haber ganado el caso en primera instancia, el camionero decidió apelar con el objetivo de que se le reconociera un salario diario de 124,02 euros, o subsidiariamente de 62,01 euros, para recibir un mayor abono por los sueldos no percibidos. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña desestimó este recurso por defectos de forma, limitándose a confirmar la sentencia del Juzgado Social N°1 de Girona.