El proyecto de ley que regula el uso de sistemas de Inteligencia Artificial (IA) en Chile fue aprobado por la Cámara de Diputadas y Diputados y enviado al Senado para su segundo trámite constitucional. Esta iniciativa, presentada por el Presidente de la República en mayo de 2024, busca establecer un marco normativo integral que promueva la creación y desarrollo de la IA, asegurando su implementación bajo estándares éticos y sostenibles, y respetando los derechos fundamentales de las personas.
La normativa se aplicará a todos los proveedores y usuarios de sistemas de IA en el país, incluyendo a aquellos domiciliados en el extranjero que operen en Chile. Sin embargo, se excluyen de su ámbito de aplicación los sistemas de IA utilizados para defensa nacional, así como las actividades de investigación y desarrollo previas a la comercialización, siempre que se respeten los derechos fundamentales.
El proyecto define conceptos clave como “sistema de IA”, “riesgo significativo” y “proveedor”, y establece once principios obligatorios para los operadores. Entre estos principios se encuentran la intervención humana, la seguridad técnica, la privacidad de datos y la transparencia, que exige que los sistemas se identifiquen como agentes artificiales en sus interacciones con las personas.
Además, la ley clasifica los usos de IA en diferentes niveles de riesgo: inaceptable, alto, limitado y sin riesgo evidente. Los usos considerados de riesgo inaceptable, que son prohibidos, incluyen sistemas que manipulen subliminalmente a las personas o que utilicen datos sensibles para discriminar. También se prohíbe la identificación biométrica remota en espacios públicos y la creación de bases de datos de reconocimiento facial sin consentimiento.
Para los sistemas de alto riesgo, se establecen requisitos específicos de gestión de riesgos y supervisión humana, así como la obligación de documentar su funcionamiento y garantizar la ciberseguridad. Los operadores deberán adoptar medidas inmediatas si sus sistemas no cumplen con las regulaciones establecidas.
El proyecto también contempla un régimen de sanciones para las infracciones, clasificándolas en gravísimas, graves y leves, con multas que pueden alcanzar hasta 20.000 UTM. Las personas afectadas por el uso indebido de sistemas de IA podrán demandar por daños y exigir la cesación de actos que generen perjuicios.
Finalmente, se establece que la ley entrará en vigencia un año después de su publicación en el Diario Oficial, y se prevén medidas para fomentar el acceso a la IA para empresas de menor tamaño y para la educación ciudadana sobre esta tecnología.

