El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos ha beneficiado a más de 87 mil niños y niñas, promoviendo el cumplimiento de las pensiones alimenticias.
El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos fue establecido con el objetivo de fomentar y asegurar el cumplimiento de las obligaciones de pago de pensiones alimenticias. Desde su implementación, que tuvo lugar hace un año y medio, la plataforma ha alcanzado más de 345 mil inscripciones activas, de las cuales se identifican 237.353 deudores. De este total, 228.059 (equivalente al 96%) son hombres, mientras que 9.294 (4%) son mujeres. Según información publicada por La Tercera, 24.076 de los deudores registrados tienen más de un caso pendiente, y alrededor de 24 mil son reincidentes, lo que significa que habían realizado pagos para ser eliminados del registro, pero posteriormente volvieron a ser incluidos por incumplimiento en los pagos.
En el primer mes de funcionamiento del Registro Nacional de Deudores de Alimentos, el Poder Judicial llevó a cabo un análisis sobre la implementación de esta normativa. La ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana, destacó que “el registro ha significado una mejor institucionalidad para el cumplimiento de las pensiones alimenticias, lo que ha generado un cambio de conciencia respecto a un problema histórico que ha afectado a miles de mujeres, niños y niñas del país, como es el no pago y el abandono parental”.
En relación con los efectos positivos del registro, la ministra Orellana, junto a la vocera de Gobierno, Camila Vallejo, informó que “más de 87 mil personas que debían pensiones de alimentos salieron del registro. Esto significa que más niños y niñas están recibiendo los recursos que necesitan para su crianza”.
El registro también establece diversas medidas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimenticias. Entre estas se incluyen la retención de la devolución de impuestos, la retención de parte de los fondos de un crédito bancario solicitado por el deudor que sea igual o superior a 50 UF, y la posibilidad de impedir la inscripción del traspaso de una propiedad si existen deudas de alimentos pendientes. En el caso de la compraventa de vehículos motorizados, el Servicio de Registro Civil e Identificación solo podrá inscribir la transferencia de dominio si se demuestra que con las ganancias de la venta se pagarán las deudas alimenticias.
Adicionalmente, se pueden imponer restricciones como la negación de la licencia de conducir y la prohibición de solicitar la emisión o renovación del pasaporte, aunque en circunstancias excepcionales, el tribunal podría autorizar su emisión, pero con una vigencia limitada. También se contempla la retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas que estén en transacción bursátil, así como la inhabilidad para recibir ciertos beneficios económicos o bonos del Estado. Las remuneraciones pueden ser retenidas para el pago de la deuda, y en caso de despido, la indemnización por años de servicio del deudor puede ser utilizada para saldar la deuda alimentaria. Por último, las deudas por pensión de alimentos tienen prioridad en los procedimientos judiciales de ejecución.

