La NASA ha decidido modificar sus planes en el ámbito de la exploración lunar, anunciando la suspensión temporal del proyecto “Gateway”, una estación espacial que se proyectaba como un punto intermedio en la órbita lunar. Este anuncio se realizó durante el evento “Ignition”, celebrado en Washington D. C., donde se destacó que la nueva prioridad de la agencia espacial es establecer una colonia permanente en la superficie lunar. La construcción de esta colonia está programada para comenzar antes de que finalice esta década, con la expectativa de que esté ocupada de manera semipermanente para el año 2032.
La NASA no está sola en esta ambiciosa carrera hacia la Luna. China y Rusia están desarrollando en paralelo la Estación Internacional de Investigación Lunar (ILRS), un proyecto conjunto que contempla la creación de una instalación científica inicial cerca del polo sur lunar para 2035, y la construcción de una instalación más grande y equipada para 2050. Sin embargo, estos planes enfrentan no solo desafíos técnicos, sino también cuestiones jurídicas complejas, ya que todas las actividades en el espacio ultraterrestre están reguladas por el derecho internacional espacial, que se basa en cinco tratados internacionales, conocidos como el Corpus Iuris Spatialis.
El Tratado del Espacio de 1967 (OST) es fundamental en este contexto, ya que establece la libertad de explorar y utilizar el espacio y sus cuerpos celestes, lo que incluye la construcción de estaciones en la Luna. Sin embargo, el tratado también prohíbe que cualquier Estado se apropie del espacio ultraterrestre y sus cuerpos celestes. Esto plantea interrogantes sobre cuándo el uso legítimo del suelo lunar por una colonia podría considerarse una ocupación que infringe el tratado, especialmente si dicha colonia adquiere un carácter permanente, lo que podría implicar una forma de soberanía encubierta.
Para que una colonia lunar sea autosuficiente, sus habitantes deberán utilizar los recursos disponibles en la Luna, en lugar de depender de suministros de la Tierra. El agua, que se ha detectado en forma de hielo en las regiones polares, es un recurso crucial, al igual que el regolito lunar, que puede ser utilizado para construir infraestructuras mediante impresoras 3D. Sin embargo, el acceso a estos recursos es limitado, lo que otorga una ventaja estratégica considerable al primer país que logre establecer una colonia.
El Tratado del Espacio de 1967 no aborda explícitamente si la extracción de recursos de un cuerpo celeste constituye una forma de apropiación prohibida. El Acuerdo de la Luna de 1979, que sí se refiere a este tema, establece que los recursos lunares son “patrimonio común de la humanidad” y requiere un régimen internacional para su explotación, pero solo cuenta con 17 Estados Parte, sin incluir a ninguna de las grandes potencias espaciales, lo que limita su efectividad.
La comunidad internacional está dividida en este tema, con Estados Unidos y sus aliados adoptando una postura más liberal sobre la extracción de recursos, mientras que China y Rusia abogan por un enfoque más comunitario. Este debate se está llevando a cabo en el Comité de las Naciones Unidas para el Uso del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos (COPUOS), que en 2025 elaboró un primer anteproyecto de principios sobre recursos espaciales, aunque aún no se ha alcanzado un consenso claro.
Además de la ocupación y explotación de recursos, la instalación de seres humanos en la Luna plantea otros desafíos, como la jurisdicción sobre las personas que habiten en estas bases y las normas aplicables en caso de conflictos. El marco jurídico internacional actual fue diseñado en un contexto muy diferente, y su capacidad para adaptarse a estos nuevos retos es incierta. Las grandes potencias espaciales avanzan en sus planes sin una coordinación clara, lo que podría dar lugar a conflictos en el futuro. La comunidad internacional se enfrenta a la tarea de gestionar una de las empresas más complejas y significativas de la historia de la humanidad.

