Izar la bandera chilena en septiembre es una obligación legal. Conoce las normas y evita multas que pueden alcanzar hasta $317.260.
Con la llegada del mes de septiembre, es común observar la bandera nacional izada en diversas viviendas, un símbolo representativo de las celebraciones patrias en Chile. Este acto, que trasciende la mera tradición, se convierte en una obligación legal para todos los ciudadanos chilenos durante los días 18 y 19 de septiembre. Aunque puede parecer un gesto simple, el incumplimiento de esta normativa o el izado incorrecto de la bandera puede resultar en multas que muchos consideran sorprendentes.
Desde el año 2011, izar la bandera chilena en septiembre no solo se considera una costumbre asociada a las Fiestas Patrias, sino que también es un requerimiento legal establecido por la ley N.º 20.537, que regula el uso y el izamiento del pabellón patrio. Esta legislación permite que la bandera sea utilizada en cualquier momento del año sin necesidad de autorización previa, siempre que se respete su integridad y se sigan las disposiciones reglamentarias. Sin embargo, durante el mes de septiembre, el izado de la bandera se convierte en una obligación.
La normativa otorga a Carabineros la facultad de supervisar el cumplimiento de estas disposiciones, y las sanciones por no izar la bandera o por hacerlo de manera incorrecta pueden variar entre 1 y 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Esto se traduce en multas que oscilan entre aproximadamente $63.452 y $317.260.
Para evitar inconvenientes, es esencial conocer las pautas sobre cómo debe izarse la bandera. En cuanto a la colocación horizontal, ya sea en una ventana o en un lugar visible desde el exterior, es importante que la estrella de la bandera se ubique en la esquina superior izquierda, vista desde el frente de la vivienda. En el caso de optar por una colocación vertical, como al colgarla en una ventana, la estrella también debe estar en la esquina superior izquierda, vista desde el frente.
Si se elige izar la bandera en un mástil, este debe ser de color blanco, y la bandera debe ser colocada en la parte superior del mismo. En el contexto de los edificios de departamentos, los residentes no están obligados a izar la bandera, a menos que el edificio ya disponga de una. En tal caso, la bandera debe cumplir con todas las normativas establecidas para su correcto izado.

