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Nuevo decreto busca transformar la gestión de riesgos laborales en Chile, exigiendo medidas más estrictas a empleadores

Decreto Supremo 44: nueva normativa laboral que transforma el trabajo en febrero.
Decreto Supremo 44: nueva normativa laboral que transforma el trabajo en febrero.

En febrero de 2024, entrará en vigor un nuevo decreto que tiene como objetivo reducir los riesgos laborales en los diferentes entornos de trabajo, buscando así proteger la integridad física de los trabajadores. Este decreto es el Decreto Supremo N° 44/2023 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece como principal responsabilidad de las entidades empleadoras la obligación de implementar todas las medidas necesarias para salvaguardar de manera efectiva la vida y la salud de sus empleados.

Para lograr este objetivo, las entidades deberán gestionar los riesgos presentes en sus lugares de trabajo, de acuerdo con el reglamento y las normas de prevención de riesgos laborales que sean pertinentes. Esta normativa tiene como propósito regular y centralizar en un único marco legal varios de los requisitos relacionados con la gestión del riesgo.

El ejecutivo ha enfatizado que, con la implementación de este decreto, todas las entidades empleadoras deberán cumplir con requisitos específicos en relación a la estructura de gestión, lo que incluye la designación de un responsable y un delegado de seguridad y salud en el trabajo (SST). Además, se deberán establecer focos de trabajo, como la implementación de Sistemas de Gestión de SST y la capacitación de los trabajadores. Según Jaime Droguett, Subgerente de Sistemas de Gestión Preventiva de la Achs, “todas las entidades empleadoras tendrán que cumplir con requisitos específicos respecto a estructura para la gestión”.

Cambios introducidos por la normativa

Con la nueva normativa, todas las organizaciones deberán abordar los siguientes aspectos en la gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST):

A. Organización preventiva de la entidad empleadora y sus lugares de trabajo

Se establece la organización preventiva obligatoria para las entidades empleadoras y sus lugares de trabajo, que incluye la creación de un Departamento de Prevención de Riesgos, la designación de un Encargado de Prevención de Riesgos Laborales, y la formación de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad y/o la designación de un delegado de SST, según corresponda.

B. Sistemas de gestión de SST

La normativa establece la obligatoriedad de sistematizar la gestión de SST, con una estructura base que dependerá del número de trabajadores en la organización, diferenciando entre aquellas que cuentan con más o menos de 25 empleados.

C. Información, formación y capacitación de las personas trabajadoras

Se establece una base para la formación de los trabajadores en relación a los riesgos de SST, definiendo actividades mínimas de información y capacitación que deben ser implementadas.

D. Gestión de la prevención de riesgos en los lugares de trabajo

La normativa establece los elementos mínimos de gestión preventiva que serán obligatorios para todo tipo de entidades empleadoras.

E. Plan de gestión de riesgos de emergencias, catástrofes o desastres en los lugares de trabajo

Se establece la obligación de contar con uno o más planes de gestión, reducción y respuesta ante riesgos en caso de emergencias, catástrofes o desastres.

F. Reglamentos internos de higiene y seguridad

La normativa indica la estructura que deben contener los reglamentos internos de higiene y seguridad, los cuales son obligatorios para todas las entidades empleadoras sin distinción.

G. Mapas de riesgos

Se establece la exigibilidad, contenido y visibilidad de los mapas de riesgos que deben ser elaborados por las entidades.

Acciones adicionales de la Achs

La Achs ha desarrollado un modelo de respuestas a consultas y reclamos de afiliados utilizando inteligencia artificial, además de lanzar una plataforma gratuita. También ha anunciado la “Alianza nacional por la capacitación en prevención del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo”. Recientemente, la Achs obtuvo el primer lugar en la categoría de Prestadores de Salud en el ranking “Most Innovative Companies Chile 2024”.

El Decreto Supremo N° 44 introduce cambios significativos en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo, estableciendo nuevos requisitos que las entidades empleadoras deberán cumplir. Según Droguett, “como Achs reafirmamos nuestro compromiso con las organizaciones, ofreciendo apoyo técnico, capacitaciones y herramientas prácticas para facilitar la comprensión e implementación de las exigencias”.

Para más información, se puede visitar el sitio web de la Achs. Las mutualidades de empleadores son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social.

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