El Bono de Invierno es una ayuda económica destinada a los pensionados y pensionadas de Chile, que se otorga anualmente sin descuentos. Este bono tiene como objetivo principal ayudar a los jubilados a afrontar los gastos adicionales que surgen durante la temporada invernal, aunque los beneficiarios pueden utilizar el monto según su conveniencia.
Detalles del Bono de Invierno 2025
El monto del Bono de Invierno para el año 2025 ha sido establecido en el proyecto que reajusta las remuneraciones del sector público, el cual ha sido aprobado por el Congreso Nacional y está a la espera de su promulgación por parte del Gobierno. Según la legislación vigente, si se promulga bajo las condiciones actuales, el bono ascenderá a $81.257 para cada jubilado y jubilada, lo que representa un incremento de $3.275 en comparación con el monto de $77.982 que se pagó en 2024.
La bonificación se entregará junto con la pensión correspondiente al mes de mayo, lo que significa que los beneficiarios no necesitan realizar ningún trámite adicional para acceder a esta ayuda monetaria estatal.
Grupos de beneficiarios del Bono de Invierno
De acuerdo con la información proporcionada por ChileAtiende, los beneficiarios del Bono de Invierno se clasifican en cuatro grupos, dependiendo del tipo de pensión que reciben:
Grupo 1: Beneficiarios de pensiones contributivas
Este grupo incluye a pensionados y pensionadas de diversas entidades, tales como el Instituto de Previsión Social, el Instituto de Seguridad Laboral, Capredena, Dipreca y mutualidades de empleadores. Para ser parte de este grupo, los beneficiarios deben recibir una pensión mínima de vejez equivalente a $222.474. También se incluyen aquí los pensionados de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y aquellos que reciben pensiones mínimas con garantía estatal.
Grupo 2: Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU)
Los receptores de la Pensión Garantizada Universal también son elegibles para el Bono de Invierno, siempre que no reciban una pensión de algún régimen previsional.
Grupo 3: Beneficiarios de pensiones especiales de reparación
Este grupo está compuesto por beneficiarios de pensiones de reparación, que incluyen:
- Pensión de Reparación a Víctimas de Prisión Política y Tortura.
- Pensión de viudez de pensionados de reparación fallecidos.
- Pensión no Contributiva de Exonerados Políticos.
Grupo 4: Beneficiarios de pensiones contributivas con APSV, PGU o pensión especial de reparación
Finalmente, este grupo incluye a los beneficiarios del Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuya pensión sea igual o inferior a $222.474. También se consideran aquí a las pensionadas de algún régimen previsional que, además, estén recibiendo la PGU y cuya pensión sea igual o inferior a la pensión mínima de vejez, que es de $222.474.


