Error de cajera en Punta Arenas lleva a Sernac a denunciar a tienda por difundir imagen de cliente sin consentimiento. Multa podría alcanzar 60 millones.
Un incidente que podría haber sido considerado un simple error en el proceso de cobro en un establecimiento comercial ha llevado al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) a presentar una denuncia formal ante la justicia contra una tienda de abarrotes en Punta Arenas. La denuncia se origina a raíz de la difusión no autorizada de la imagen de un cliente en las redes sociales de la empresa, tras un error cometido por una de sus cajeras.
Los hechos se remontan al 15 de septiembre de 2023, cuando un consumidor realizó la compra de varios productos en la Distribuidora ‘Tierra del Fuego’. Después de completar su pago, el cliente abandonó el local sin percatarse de que uno de los artículos, una caja de pollos valorada en $39.990, no había sido escaneada ni cobrada por la cajera.
Cinco días después de la compra, la empresa publicó en su cuenta de Facebook imágenes del cliente, solicitando información que pudiera ayudar a localizarlo. Esta acción generó preocupación en el consumidor, quien decidió regresar al establecimiento para averiguar la razón de la difusión de su imagen. En su visita, la cajera le explicó que el motivo de la publicación era el error en el cobro y que, de no abonar el monto correspondiente, la empresa se vería obligada a descontar esa suma del sueldo de la trabajadora.
El cliente expresó su descontento, argumentando que, dado el total de su compra, no había notado la omisión del cobro de la caja de pollos, y que esto no justificaba el uso de su imagen sin su consentimiento. Posteriormente, el consumidor presentó un reclamo ante el Sernac regional, solicitando una disculpa tanto pública como privada, la cual fue rechazada por la empresa.
El Sernac, al recibir la denuncia, ofició a la tienda de abarrotes para obtener su versión sobre los hechos, así como para indagar sobre las medidas de reparación y los protocolos que rigen la entrega de imágenes de los clientes a los empleados. La respuesta de la distribuidora indicó que era parte de su política proporcionar las imágenes a los trabajadores para que pudieran contactar a los clientes en caso de errores en el cobro. Afirmaron que la difusión de las imágenes tenía como objetivo localizar al cliente, sin intención de perjudicar su imagen.
Sin embargo, esta justificación no fue bien recibida por el Sernac, que decidió presentar una denuncia formal contra la tienda por varias razones. En primer lugar, se argumentó que la empresa había vulnerado el derecho fundamental al respeto y la seguridad en el consumo, tal como se establece en el Artículo 3 de la normativa vigente, que obliga a proteger al consumidor, incluyendo su dignidad personal. Además, se alegó que la tienda había infringido la ley al no respetar la dignidad y los derechos de las personas en el uso de sus sistemas de seguridad y vigilancia, conforme al Artículo 15. Por último, se señaló un incumplimiento del deber de profesionalidad, actuando con negligencia y causando un menoscabo al consumidor, según lo estipulado en el Artículo 23.
Como resultado de la denuncia presentada por el Sernac, la distribuidora enfrenta la posibilidad de una multa que podría ascender a 300 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por cada infracción, lo que totaliza un potencial de 900 UTM, equivalente a aproximadamente 60 millones de pesos chilenos.

