
El chileno Nicolás Zepeda enfrentará un tercer juicio por la muerte de su ex novia japonesa Narumi Kurosaki, según lo decidido este miércoles por la Corte de Casación de Francia. La corte tomó esta decisión tras aceptar el recurso de apelación presentado en enero por la defensa de Zepeda, quien había sido condenado a 28 años de prisión por el asesinato.
Decisión de la Corte de Casación
La Corte de Casación anuló la sentencia del juicio anterior, en el que Zepeda fue hallado culpable del asesinato de su ex pareja. Esta anulación implica que el nuevo proceso será llevado a cabo por un nuevo conjunto de jueces y un jurado diferente al anterior.
Cambio de jurisdicción
Además, la resolución del tribunal establece que el tercer juicio se trasladará a la Corte Penal de Rhônes, ubicada en la ciudad de Lyon.
Antecedentes del caso
Nicolás Zepeda es acusado en Francia de haber asesinado a Narumi Kurosaki y de ocultar su cuerpo, en un suceso que ocurrió entre la noche del 4 y el 5 de diciembre de 2016. En el primer juicio, realizado en abril de 2022, Zepeda fue declarado culpable y se le impuso una pena de 28 años de cárcel.
Posteriormente, tras una apelación de su defensa, se llevó a cabo un segundo juicio en el que nuevamente fue encontrado culpable y se ratificó la pena de 28 años de prisión.
Reacciones tras la decisión judicial
Tras conocer la resolución del tribunal francés, el padre de Nicolás, Humberto Zepeda, afirmó que “hoy todo el mundo se entera de que efectivamente hubo dos juicios irregulares, que influyeron en la decisión del jurado para culpar y condenar a Nicolás” por el asesinato de Narumi.
Humberto Zepeda añadió que “la Corte de Casación dictaminó que no hubo un juicio justo y se vulneraron derechos mínimos de defensa de Nicolás, desde el punto de vista del derecho, pero con consecuencias en la validez de las pruebas y la realidad de los hechos”.
El padre de Zepeda también expresó que “existen suficientes dudas razonables que están basadas en la razón y en el sentido común, para no considerar plausibles muchas de las débiles pruebas presentadas por el fiscal general”.
Finalmente, Humberto Zepeda concluyó que “nunca existió la consideración de presunción de inocencia, principio fundamental en el derecho penal que tiene cualquier persona, que significa que no basta con que haya sospechas o indicios de participación, se requiere y se debe demostrar la culpabilidad más allá de toda duda razonable”.