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SII ofrece plazo adicional para que contribuyentes accedan a nuevo beneficio tributario

El mundo legal y tributario está a la espera de la inminente publicación en el Diario Oficial de una nueva ley que tiene como objetivo reforzar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes. Esta legislación busca incrementar la recaudación fiscal en un 1,5% del Producto Interno Bruto (PIB), lo que se traduce en aproximadamente US$ 4.500 millones. El texto de la ley fue despachado del Congreso a finales de septiembre y actualmente se encuentra en el proceso de control de constitucionalidad en el Tribunal Constitucional (TC), donde se anticipa que se emitirá una sentencia en los próximos días. Una vez que se produzca esta decisión, la ley será publicada en el Diario Oficial y comenzará a tener efecto.

Detalles sobre la implementación de la nueva ley

La subdirectora de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos (SII), Carolina Saravia, ha indicado que no se podrán declarar los bienes o rentas que se encuentren en países considerados de alto riesgo o no cooperativos en términos de prevención y combate al lavado de activos y financiamiento del terrorismo. A pesar de esto, varias instituciones que participarán en la aplicación de la ley ya están trabajando en su implementación. Una de las entidades clave en este proceso es el SII, que está ajustando los detalles necesarios para emitir las primeras circulares y resoluciones que establecerán una ventana transitoria muy esperada en el mercado.

Impuesto único y sustitutivo

Esta ventana transitoria contempla el establecimiento de un impuesto único y sustitutivo del 12% que se aplicará sobre las rentas o bienes que los contribuyentes tengan en el exterior. Se espera que este mecanismo genere una recaudación cercana a US$ 700 millones y estará vigente desde el 1 hasta el 30 de noviembre, asumiendo que la ley se publique durante este mes. Dada la urgencia de los plazos, el SII, bajo la dirección interina de Javier Etcheberry, se encuentra en la fase de preparación de instrucciones específicas para los contribuyentes, así como en el desarrollo de una plataforma digital para facilitar el trámite, similar a la que se utilizó en una ventana anterior en 2015.

En 2015, se recaudaron US$ 1.500 millones a través de declaraciones de bienes, con una tasa impositiva del 8%. El SII ha enfatizado que el nuevo proceso de registro de capitales debe considerarse un beneficio impositivo más que una repatriación, ya que los contribuyentes no están obligados a traer al país las rentas o bienes que se declaren.

Plazos y requisitos para la declaración

El SII es consciente de que la ley establece un período limitado para la operación de esta ventana, pero confía en que se alcanzará la recaudación esperada. Sin embargo, se anticipan algunas sorpresas, ya que el SII está preparando instrucciones que permitirán cierta flexibilidad en los plazos. Aunque los contribuyentes tendrán un mes para presentar su declaración, se ofrecerá un plazo extraordinario de entre cuatro y seis meses para que puedan presentar la documentación que acredite la titularidad de los bienes a declarar. Esta documentación puede incluir documentos notariales y legalizados que demuestren la propiedad de los ingresos o bienes, los cuales, al estar en el extranjero, a menudo requieren traducción al español y pueden tardar varios meses en estar disponibles.

Una vez presentada la declaración, el SII deberá emitir el giro del impuesto único y sustitutivo dentro de los cinco días hábiles siguientes, aplicando la tasa del 12% sobre el valor de los bienes o rentas declarados. El impuesto deberá ser pagado dentro de los diez días hábiles posteriores a la notificación del giro. Desde la fecha de pago, el SII tendrá un plazo de doce meses para fiscalizar el cumplimiento de los requisitos y determinar cualquier diferencia en el impuesto único que pueda surgir. Si se vence este plazo, se asumirá que la declaración y los antecedentes presentados por el contribuyente cumplen con las disposiciones establecidas.

Condiciones para acogerse a la ley

La ley aprobada por el Congreso establece que pueden acogerse a esta opción los residentes, domiciliados, establecidos o constituidos en Chile antes del 1 de enero de 2023, siempre que puedan acreditar la propiedad de los bienes declarados antes de esa fecha y las rentas percibidas hasta el 31 de diciembre de 2023. La ley detalla las formas de valoración y acreditación para cada tipo de bien y renta que se pueda declarar.

De esta manera, podrán acogerse a este impuesto único diversos tipos de bienes, incluyendo bienes muebles e inmuebles, así como derechos en sociedades constituidas en el exterior, derechos a beneficios de un fideicomiso, y una variedad de instrumentos financieros o valores, tales como bonos, cuotas de fondos, depósitos y similares, que sean pagaderos en moneda extranjera. También se incluyen las divisas y las rentas generadas por estos bienes, como dividendos, utilidades e intereses.

Sin embargo, existen limitaciones. La subdirectora de Fiscalización del SII, Carolina Saravia, ha señalado que no se podrán declarar los bienes o rentas que, al momento de la declaración, se encuentren en países o jurisdicciones catalogadas como de alto riesgo o no cooperativas en materia de prevención y combate al lavado de activos y financiamiento del terrorismo, según lo establecido por el Financial Action Task Force (FATF/GAFI). Además, no podrán acogerse a esta opción aquellas personas que, a la fecha de publicación de la ley, hayan sido condenadas, formalizadas o sometidas a proceso por delitos relacionados con la norma transitoria, ni quienes hayan sido objeto de citaciones, liquidaciones, reliquidaciones o giros por parte del SII en relación con los bienes o rentas que se pretenda incluir en la declaración.

Carolina Saravia también ha indicado que se está colaborando con la Unidad de Análisis Financiero (UAF) para implementar un sistema que valide la existencia de prohibiciones para acogerse a este beneficio en el caso de contribuyentes involucrados en lavado de activos o financiamiento del terrorismo.

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