
Desde inicios del año en curso, se ha estado llevando a cabo el proceso de remate de la propiedad perteneciente a Daniel Sauer y Titi Ahubert, situada en la comuna de Las Condes. Este remate, que inicialmente estaba programado para realizarse a finales de febrero, no se concretó, y se ha reprogramado para el 9 de septiembre de 2025. Sin embargo, se ha solicitado la suspensión del remate del inmueble, argumentando que la prolongada duración y tramitación del caso hacen que el remate judicial sea inviable para terceros interesados.
En este contexto, se ha emitido un comunicado en el que se detalla que se han iniciado diversas acciones judiciales ante los tribunales. En primer lugar, se ha presentado una solicitud ante el Noveno Juzgado Civil de Santiago para el reconocimiento de María Isabel Ahubert Jalaff como tercero interesado, así como la nulidad de las actuaciones previas. Se argumenta que ni ella ni sus hijos menores de edad han sido escuchados judicialmente, ni se les ha designado un curador ad litem. Por lo tanto, se busca que se anule lo actuado y se levante el usufructo que fue decretado de manera arbitraria, en contravención de la ley, la Constitución y los tratados internacionales ratificados por Chile. Esta postura se fundamenta en un escrito que presenta numerosos argumentos a favor de su solicitud.
Además, se está preparando un escrito ante el Primer Juzgado de Familia de Santiago para que se ordene la reinscripción del usufructo relacionado con el inmueble ubicado en calle San Damián N°225, casa N°1, en la comuna de Las Condes, Santiago. Se argumenta que la orden del tribunal civil que está a cargo del remate no ha respetado las reglas básicas de competencia absoluta, ya que se ha inmiscuido en un asunto que ya había sido resuelto previamente por el tribunal de familia, antes de que se constituyera cualquier embargo de acreedores.
Asimismo, se destaca que la resolución emitida por el Noveno Tribunal Civil de Santiago no solo infringe derechos fundamentales de los niños, conforme a diversas disposiciones de la Ley N°19.968 y la Ley N°21.430 sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia, sino que también contraviene lo estipulado por la Constitución chilena y por varios tratados internacionales vigentes y ratificados por el país, como la Convención Universal sobre Derechos de los Niños.
Finalmente, en el marco de estas acciones, se ha solicitado la suspensión del procedimiento y, en particular, del remate programado para el 9 de septiembre de 2025. Se precisa que la prolongada duración y tramitación de estos incidentes hacen que el remate judicial sea inviable para terceros, ya que no podrán habitar el inmueble. En caso de que se emita una decisión judicial adversa, se tendría que proceder al lanzamiento de los ocupantes, incluidos los menores de edad, incluso utilizando la fuerza pública.
Por último, se ha presentado una nulidad procesal y apelación, firmada por la abogada Ariadna Hermosilla, quien expresa que “la decisión adoptada por el tribunal causa perjuicio a los intereses de la suscrita y de mis hijos menores de edad, puesto que, al acogerse la solicitud de alzamiento del derecho de usufructo y habitación, constituido sobre el inmueble en favor de sus alimentarios, incluso menores de edad, se afecta gravemente y se vulneran mis derechos y los de mis hijos, sin haber sido emplazados, ni oídos, y sin ser respetados en sus derechos más esenciales, máxime sin nombrarse siquiera un curador ad litem, y que a su turno fueron debidamente resguardados por las decisiones del competente Juzgado de Familia, resoluciones que fueron pasadas a llevar, contrariando normas fundamentales de orden público, avasallando leyes, Constitución y tratados internacionales.”