La Corte Suprema de Chile ha declarado inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado por un demandante que buscaba impugnar una sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Este fallo había rechazado su recurso de nulidad contra una decisión de primera instancia que desestimó su demanda de tutela por vulneración de derechos fundamentales tras su despido, aceptando solo la subsidiaria de despido improcedente y ordenando el pago de prestaciones correspondientes.
El demandante había argumentado que la sentencia de la Corte de Apelaciones no cumplió con el análisis exhaustivo de la prueba y que no se pronunció sobre el apercibimiento del artículo 454 N°3 del Código del Trabajo, que se refiere a la incomparecencia del representante legal de la empresa MERVAL. Además, alegó que se rechazó indebidamente prueba documental presentada electrónicamente y que no se aplicó correctamente el principio in dubio pro operario. También afirmó que el tribunal ignoró represalias en su contra tras un reclamo interno por el pago de horas extraordinarias, lo que constituiría una vulneración de la garantía de indemnidad.
Durante el juicio, el recurrente presentó evidencias de un comportamiento represivo por parte de la empresa, que incluía exclusión de reuniones y limitaciones en el acceso a información clave, así como la falta de aumento salarial para supervisores y testimonios sobre largas jornadas laborales. Afirmó que los documentos electrónicos rechazados contenían registros de asistencia y comunicaciones cruciales para respaldar sus reclamaciones.
Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Valparaíso determinó que el recurso no cumplía con los requisitos formales del artículo 477 del Código del Trabajo, ya que el trabajador no especificó los hechos que sustentaban los errores denunciados ni cómo estos influyeron en la decisión final. Además, algunas de las alegaciones, como la falta de análisis de la prueba y la omisión de pronunciamiento sobre ciertas peticiones, correspondían a la causal del artículo 478 letra e), que no fue invocada.
El tribunal también destacó que las cuestiones planteadas por el recurrente se referían a la valoración de la prueba realizada por la jueza de primera instancia, lo cual es propio de un recurso de apelación y no de nulidad. La Corte de Apelaciones concluyó que el fallo impugnado había realizado un análisis detallado de la prueba y que la alegación de represalias no se ajustaba a las hipótesis del artículo 485 inciso tercero, dado que el trabajador no había interpuesto denuncia administrativa ni acción judicial.
En cuanto a las horas extraordinarias, la sentencia de base concluyó que, aunque la cláusula de exclusión de jornada carecía de fundamento legal, no se demostró el trabajo efectivo de horas extra, basándose en la prueba testimonial presentada por ambas partes. Respecto al apercibimiento del artículo 454 N°3, la Corte indicó que su aplicación es facultativa y que la jueza valoró la incomparecencia del representante legal en el contexto probatorio.
La Corte Suprema recordó que, según el artículo 483-A del Código del Trabajo, el recurso de unificación de jurisprudencia solo es procedente en sentencias que resuelvan un recurso de nulidad y cuando existan interpretaciones divergentes sobre una materia de derecho en fallos firmes de tribunales superiores. Para su admisibilidad, se requieren requisitos como una fundamentación adecuada y la exposición precisa de las interpretaciones divergentes.
El trabajador había propuesto como materias a unificar el alcance de la garantía de indemnidad frente a represalias, el derecho a la valoración íntegra de la prueba y la admisibilidad de medios electrónicos, así como la correcta aplicación del principio in dubio pro operario. Sin embargo, la Corte Suprema determinó que el recurso debía ser desestimado, ya que el demandante no cumplió con las exigencias formales y no distinguió los hechos que configuraban los errores atribuidos al fallo.
Finalmente, la Corte declaró inadmisible el recurso, señalando que no se constató un pronunciamiento sustancial sobre las materias de derecho propuestas, lo que llevó a la conclusión de que el recurso carecía de sustento formal y material.


