La Corte Suprema de Chile ha revocado la decisión de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, que había rechazado un recurso de amparo presentado por la defensa de imputados en un caso de tráfico de drogas. La controversia se centra en la imposición de prisión preventiva sin que la defensa tuviera acceso a la carpeta investigativa, la cual fue declarada como reservada por el Ministerio Público.
El recurso de amparo fue interpuesto por la defensa, que argumentó que la resolución que dictó la prisión preventiva vulneró la libertad personal y la seguridad individual de los imputados. Según la defensa, la medida cautelar fue adoptada sin que se les permitiera acceder a los antecedentes necesarios para ejercer su función, lo que contraviene el artículo 38 de la Ley N°20.000, que regula el tráfico de drogas en Chile.
La Corte de Punta Arenas había desestimado el recurso, argumentando que la prisión preventiva fue dictada por un tribunal competente y en el marco de un procedimiento legal adecuado, sin que se evidenciara ilegalidad o arbitrariedad que justificara el amparo. Además, la Corte destacó que el recurso de amparo no debe ser utilizado como un sustituto de los recursos ordinarios, como la apelación, ya que su naturaleza es excepcional y está destinada a proteger la libertad personal frente a amenazas ilegítimas.
Sin embargo, la Corte Suprema, al acoger el recurso de amparo, enfatizó que el ejercicio de la reserva de información por parte del Ministerio Público debe estar sujeto a control jurisdiccional. El tribunal subrayó que el Juez de Garantía tiene la responsabilidad de asegurar que la restricción de derechos fundamentales sea proporcional y adecuada, y que se deben adoptar medidas que permitan a la defensa acceder a la información mínima necesaria para su actuación en el proceso.
El fallo de la Corte Suprema señala que “el derecho a defensa es un principio fundamental en el sistema de enjuiciamiento criminal” y que la falta de fundamentación en la decisión que impuso la prisión preventiva afecta indebidamente la libertad personal de los imputados. Por lo tanto, la Corte ordenó la realización de una audiencia para discutir el secreto de la investigación y establecer las medidas necesarias para proteger el derecho a defensa de los amparados, así como revisar nuevamente la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público.

