La Corte Suprema de Chile ha declarado inadmisible un recurso de casación en la forma y ha rechazado el recurso de casación en el fondo presentado por un particular contra el Fisco, representado por el Ministerio de Obras Públicas. Este caso se originó a raíz de una multa impuesta por la Dirección General de Aguas (DGA) por la extracción no autorizada de aguas subterráneas en la comuna de Combarbalá, Región de Coquimbo.
El conflicto comenzó cuando un particular impugnó una resolución administrativa que desestimó un recurso de reconsideración contra una sanción de 551 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) impuesta por la DGA. Esta sanción fue el resultado de una fiscalización que se inició tras una denuncia sobre la presunta extracción ilegal de aguas subterráneas en un predio. Durante la inspección, la DGA constató la existencia de un pozo tipo zanja con bomba y tuberías, que supuestamente se utilizaba para el riego de árboles frutales, lo que llevó a la apertura de un expediente sancionador.
La Corte de Apelaciones de Santiago había desestimado previamente el reclamo del particular, argumentando que el recurso bajo el artículo 137 del Código de Aguas se limita al control de legalidad de los actos administrativos y no permite una revisión de fondo de la decisión técnica. La Corte concluyó que la DGA actuó dentro de sus competencias y conforme a la normativa vigente, confirmando que la captación de aguas subterráneas era no autorizada y que no existían vicios en el procedimiento ni desproporción en la multa.
El reclamante, insatisfecho con esta decisión, presentó un recurso de casación en la forma, alegando que la sentencia había omitido el análisis de un documento que supuestamente acreditaba su derecho a aprovechar aguas subterráneas. Sin embargo, la Corte Suprema declaró este recurso inadmisible, señalando que las causales de nulidad formal están limitadas en procedimientos regidos por leyes especiales como el Código de Aguas.
En cuanto al recurso de casación en el fondo, el reclamante argumentó que la sentencia había infringido la ley al no reconocer su derecho de aprovechamiento de aguas. La Corte Suprema, al revisar este recurso, observó que el reclamante no había precisado adecuadamente las infracciones legales denunciadas y que sus alegaciones eran demasiado generales. Además, la Corte destacó que los jueces de primera instancia habían realizado un análisis exhaustivo de los antecedentes, confirmando que la estructura inspeccionada era un pozo destinado a la captación de aguas subterráneas y no una simple recolección de aguas lluvias.
Finalmente, la Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo, reafirmando la legalidad de la multa impuesta por la DGA y la validez de los procedimientos administrativos realizados en este caso.

