La Corte Suprema de Chile ha tomado la decisión de revocar las expulsiones de cuatro estudiantes del Colegio Saint George de Vitacura, quienes fueron acusados de difundir imágenes manipuladas mediante inteligencia artificial que mostraban los rostros de compañeras del establecimiento sobre cuerpos desnudos. Esta resolución del máximo tribunal del país se basa en la consideración de que no hubo ilegalidad ni arbitrariedad en la decisión del colegio de aplicar únicamente la condicionalidad de la matrícula a los alumnos involucrados, reconociendo así la autonomía constitucional de las instituciones educativas privadas.
Detalles del fallo de la Corte Suprema
La Tercera Sala de la Corte Suprema revocó la decisión anterior de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había ordenado la expulsión de los estudiantes tras acoger un recurso presentado por los apoderados de las víctimas. Estos habían cuestionado la decisión del colegio de aplicar solo la condicionalidad de la matrícula a los autores de los hechos.
En su fallo, la Corte Suprema, en una votación dividida, determinó que no existía ilegalidad ni arbitrariedad en la sanción impuesta por el colegio, la cual se encontraba contemplada en su reglamento interno. La Corte subrayó la importancia de la libertad de enseñanza y la autonomía constitucional de los colegios privados, indicando que no se había demostrado que la actuación del establecimiento educativo fuera caprichosa o arbitraria.
Autonomía y libertad de enseñanza
El veredicto de la Corte establece que “la elección de una de las sanciones disciplinarias posibles dentro del catálogo de las definidas en el reglamento interno de un establecimiento educacional privado se inserta en su proyecto formativo”. Además, se menciona que la convivencia, sus límites y reglas, así como la regulación del comportamiento y la responsabilidad, son aspectos que contribuyen a los aprendizajes que impactan en el tipo de sociedad que se desea construir a través de la educación de los estudiantes.
La resolución también aclara que “no se aprecia transgresión a la legalidad” en la actuación del colegio, ya que la decisión se enmarca dentro de la autonomía que se reconoce a las instituciones educativas privadas, en el ejercicio de su libertad para llevar a cabo su proyecto educativo, el cual es aceptado por toda la comunidad escolar al elegir dicho establecimiento.
Medidas reparatorias y formativas
El fallo concluye destacando que el colegio aplicó “medidas reparatorias, pedagógicas, formativas y psicosociales, que completan el carácter corrector y formador de las sanciones disciplinarias impuestas”.
Declaraciones de la rectora del colegio
En un comunicado posterior al fallo, la rectora del Colegio Saint George, Paula Noemi, se pronunció sobre la decisión de la Corte Suprema, afirmando que “para nosotros no hay ganadores ni perdedores en este proceso”.
La rectora enfatizó que todos los involucrados son parte de una comunidad que se enriquece por su diversidad y el respeto mutuo, y que la cohesión se basa en un proyecto formativo que refleja los valores y la visión educativa de la Congregación de Santa Cruz.
En su misiva, la rectora hizo un llamado a no exponer a los estudiantes, quienes son todos menores de edad, y a confiar en que las diferencias pueden resolverse internamente, aprendiendo de esta situación que ha impactado a la comunidad escolar.
El establecimiento expresó su deseo de que tanto el colegio como los estudiantes y apoderados “salgan fortalecidos de este doloroso episodio” y que todos reflexionen sobre los riesgos asociados al uso de tecnologías, los cuales deben ser minimizados.

