
La Corte de Apelaciones de Santiago ha decidido acoger el recurso de nulidad presentado por la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, rechazando así la denuncia por vulneración de derechos fundamentales interpuesta por una funcionaria pública de dicha entidad.
La funcionaria, quien se desempeña como geógrafa y ha estado contratada desde 2018, alegó haber sido víctima de hostigamiento y acoso laboral desde junio de 2023. Según su relato, este acoso se manifestó a través de un cambio de funciones, pasando de un cargo de jefatura a labores de asesoría técnica, lo que resultó en una disminución de su salario. La denunciante argumentó que estas acciones vulneraban su integridad psíquica y física, tal como lo establece el artículo 19 N°1 de la Constitución chilena. En respuesta, presentó una acción de tutela laboral contra el Ministerio de Obras Públicas y la Dirección General de Concesiones.
El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago desestimó la acción contra el Ministerio de Obras Públicas, pero falló a favor de la funcionaria en su demanda contra la Dirección General de Concesiones, ordenando una medida reparatoria y el pago de una indemnización por daño moral. El tribunal consideró que la modificación de funciones y la reducción salarial carecían de razonabilidad y proporcionalidad, lo que indicaba una posible vulneración de derechos fundamentales.
Sin embargo, la Dirección General de Concesiones presentó un recurso de nulidad, argumentando que el tribunal de primera instancia había valorado incorrectamente las pruebas y que no existía evidencia de maltrato laboral. La entidad alegó que la asignación salarial de la funcionaria era extraordinaria y dependía del ejercicio de funciones de jefatura, las cuales habían cesado.
La Corte de Apelaciones, al acoger el recurso, determinó que el fallo anterior había infringido las reglas de la sana crítica, especialmente el principio de razón suficiente. La corte señaló que no se había demostrado cómo los cambios en las funciones y la reducción de ingresos afectaban la integridad psíquica de la funcionaria, ni se había probado el daño moral alegado. Además, la corte destacó que el cambio de funciones se realizó dentro de las facultades legales del Director General de Concesiones y que la disminución de la remuneración era objetiva, relacionada con el cese de funciones de jefatura.
Finalmente, la Corte de Santiago desestimó la denuncia por vulneración de derechos fundamentales contra la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, estableciendo que cada parte debía asumir sus propios costos legales.