La Corte de Apelaciones de Santiago ha desestimado el reclamo de ilegalidad presentado por Blue Energy SpA contra el Consejo para la Transparencia (CPLT), confirmando la negativa de acceso al Informe Legal N°193 del Servicio de Impuestos Internos (SII), documento que es parte de una investigación penal en curso por delitos tributarios.
El conflicto legal surgió cuando Blue Energy solicitó al SII una copia del acto administrativo que autorizó el ejercicio de la facultad penal según el artículo 162 del Código Tributario, así como el cuaderno de recopilación de antecedentes elaborado por un fiscalizador del organismo. Posteriormente, la empresa también pidió el Informe Legal N°193, solicitud que fue rechazada por el SII, que invocó causales de reserva estipuladas en la Ley N°20.285, la Ley N°19.628, el Código Tributario y la Constitución.
Tras la negativa, Blue Energy presentó un recurso de amparo ante el CPLT, que también desestimó la solicitud, argumentando que el informe solicitado formaba parte de una investigación penal activa. En respuesta a esta decisión, la empresa interpuso un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
El CPLT defendió su postura, afirmando que el Informe Legal N°193 es un insumo directo para la investigación penal que lleva a cabo el Ministerio Público, y que su divulgación podría vulnerar la reserva establecida en el artículo 182 del Código Procesal Penal. Además, el organismo subrayó que la dirección de la investigación penal es competencia exclusiva del Ministerio Público.
Por su parte, el SII, como parte interesada, argumentó que la divulgación del informe podría perjudicar gravemente su defensa jurídica y la estrategia en la querella que se está preparando. El documento en cuestión incluye detalles sobre estrategias, medios de prueba y análisis de delitos tributarios que involucran a 14 querellados, con un perjuicio fiscal estimado en más de $2.239 millones.
En su fallo, la Corte de Santiago reconoció que el litigio se centra en la tensión entre el principio de publicidad de los actos del Estado y la necesidad de proteger el cumplimiento de funciones públicas esenciales. La Corte recordó que la Constitución permite la reserva de información cuando su divulgación puede afectar el adecuado cumplimiento de funciones estatales.
Finalmente, la Corte concluyó que el informe solicitado es fundamental para la futura acción penal y contiene información propia de una investigación desformalizada, cuyo impulso depende exclusivamente del director del SII, conforme al artículo 162 del Código Tributario. Por lo tanto, la Corte consideró que se cumplía la causal de reserva prevista en el artículo 21 N°1 letra a) de la Ley de Transparencia, que protege antecedentes cuya divulgación podría perjudicar la investigación o la defensa jurídica del organismo requerido.
El Tribunal enfatizó que la entrega del documento permitiría a los investigados conocer de antemano la estrategia de persecución, lo que afectaría el adecuado ejercicio de las funciones públicas del SII. En consecuencia, la Corte rechazó el reclamo de Blue Energy, imponiendo las costas del proceso a la empresa y ratificando la decisión del CPLT de mantener reservado el Informe Legal N°193.

