
Cuatro candidatos que buscan representar a La Araucanía en el Congreso no podrán votar en la región, lo que les impedirá sufragar por ellos mismos o apoyar a las listas de sus respectivos sectores. Esta situación se ha denominado como la de los “turistas electorales”. Entre estos candidatos se encuentra Rodolfo Carter, quien aspira a convertirse en senador compitiendo como independiente en el cupo del Partido Republicano. El exalcalde no podrá votar por sí mismo ni por algún candidato de su lista, ya que su domicilio electoral está registrado en La Florida, en la región Metropolitana.
Otro caso notable es el de Vanessa Kaiser, candidata a senadora del Partido Nacional Libertario, quien también vota en Lo Barnechea, en la región Metropolitana. Al ser consultada sobre su situación, Kaiser, quien es hermana del abanderado de su partido, Johannes Kaiser, expresó que está más preocupada por temas como el “terrorismo” o el asesinato de una persona, indicando que una “raya en un papel” no tiene “relevancia” para ella. Además, afirmó que no se considera una turista electoral, ya que tiene una fuerte vinculación con La Araucanía, dado que su familia posee una propiedad en la ribera del Lago Villarrica, donde pasa al menos seis meses al año.
En cuanto a otros candidatos considerados “turistas electorales” en La Araucanía, se encuentra Elisa Loncón, quien es candidata a senadora independiente con el apoyo del Partido Comunista. A pesar de tener sus orígenes en Traiguén, Loncón vota en Peñalolén. La exconstituyente explicó que esta situación se debe a su trabajo en la Universidad de Santiago, y reconoció que su postulación a la Cámara Alta surgió después del cierre del plazo para cambiar el domicilio electoral.
Otro de los candidatos que no vota en la región es Tomás Kast, candidato a diputado de Evopoli, quien tiene su registro en Vitacura y recientemente admitió no tener domicilio en La Araucanía. Este hecho resulta llamativo, ya que es un requisito para postular a la Cámara Baja. Según el artículo 48 de la Constitución, se establece que la persona debe “tener residencia en la región a que pertenezca el distrito electoral correspondiente durante un plazo no inferior a dos años, contado hacia atrás desde el día de la elección”. Sin embargo, esta exigencia no se aplica a los candidatos al Senado.