El alcalde de Loncoche, Alexis Pineda Ruiz, ha presentado un requerimiento ante el Tribunal Constitucional de Chile, solicitando la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de un artículo de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. Este artículo establece la suspensión inmediata del cargo de alcalde tras la notificación de una sentencia de primera instancia que acoja un requerimiento por notable abandono de deberes o contravención grave a las normas de probidad administrativa.
La acción se origina en un proceso de remoción iniciado el 1 de junio de 2024 por dos concejales, quienes acusan al alcalde de diversas irregularidades, incluyendo manejo en estado de ebriedad, uso indebido de un vehículo fiscal, y deficiencias en la gestión de fondos educativos, entre otros. Los concejales han solicitado la cesación del cargo de Pineda y su inhabilitación para ejercer funciones públicas por cinco años, o, en su defecto, la aplicación de sanciones disciplinarias.
En su defensa, Pineda argumenta que la norma que permite su suspensión automática es una sanción administrativa que se impone sin un procedimiento previo adecuado, lo que vulnera el derecho al debido proceso consagrado en la Constitución chilena y en tratados internacionales de derechos humanos. La defensa sostiene que esta suspensión se aplica de manera automática y sin posibilidad de impugnación, lo que podría resultar en una sanción injusta si la sentencia de primera instancia es revocada posteriormente.
El requerimiento también señala que la norma impugnada carece de claridad sobre la duración de la suspensión y sus efectos sobre las remuneraciones del alcalde, lo que podría llevar a una situación de indefensión. Además, se argumenta que la posibilidad de que el concejo municipal designe un alcalde suplente afecta el principio democrático, dado que Pineda fue elegido por votación popular.
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el requerimiento y ha suspendido el procedimiento ante el Tribunal Electoral Regional de la Araucanía, permitiendo a las partes presentar sus argumentos sobre la admisibilidad del caso en un plazo de diez días. Si se declara admisible, el Tribunal Pleno se pronunciará sobre el fondo del asunto.
Este caso se desarrolla en un contexto de creciente atención a la probidad y la transparencia en la gestión pública en Chile, donde las acusaciones de irregularidades en la administración municipal han llevado a un mayor escrutinio de las acciones de los alcaldes y concejos municipales.

