Un análisis constitucional reciente plantea un dilema sobre los derechos fundamentales en el caso de Abby y Brittany Hensel, gemelas unidas dicefálicas que comparten un solo cuerpo pero poseen identidades y autonomías jurídicas distintas. Este estudio examina cómo la arquitectura clásica de los derechos se enfrenta a situaciones excepcionales, como la de estas hermanas, que desafían los supuestos tradicionales de la ley.
Abby Hensel, quien ha contraído matrimonio, busca ejercer su vida conyugal, lo que implica un conflicto con los derechos de Brittany, quien no forma parte de este vínculo. A pesar de que los derechos fundamentales son inviolables, su ejercicio puede ser limitado en circunstancias excepcionales. En este caso, cualquier acto íntimo entre Abby y su pareja tendría repercusiones físicas y psicológicas para ambas, lo que genera una tensión entre sus derechos fundamentales.
El análisis sostiene que la validez del matrimonio de Abby, en lo que respecta a su vida sexual, debe depender del consentimiento expreso de Brittany. Se argumenta que las relaciones sexuales no son el núcleo esencial de la vida conyugal, mientras que la dignidad y la integridad personal sí lo son. Por lo tanto, el derecho a la integridad de Brittany debe prevalecer sobre el libre desarrollo de la personalidad de Abby.
Para evaluar esta propuesta, se aplica el test de proporcionalidad. En primer lugar, se considera que la medida es legítima, ya que busca proteger la integridad física y psicológica de Brittany. En segundo lugar, se argumenta que exigir su consentimiento expreso es idóneo, ya que garantiza que su autonomía no sea vulnerada. Además, se concluye que no hay una alternativa menos restrictiva, dado que cualquier acto sexual afectaría a ambas. Finalmente, se sostiene que la restricción a la libertad sexual de Abby es menos gravosa que la afectación que sufriría Brittany si no se impusiera dicha limitación.
El análisis también profundiza en el concepto de vida conyugal, que no se limita a la dimensión sexual, sino que abarca un proyecto de vida compartido que incluye cooperación y toma de decisiones conjuntas. Aunque la jurisprudencia constitucional vincula este proyecto con el libre desarrollo de la personalidad, se advierte que esta visión es insuficiente para abordar casos extraordinarios como el de las hermanas Hensel, donde la autonomía de una depende de la otra.
Se reconoce que los textos constitucionales protegen la libertad de mantener relaciones afectivas y sexuales en el ámbito privado, pero también se acepta que este derecho puede ser limitado si su ejercicio compromete los derechos fundamentales de terceros, siempre que la restricción sea razonable y proporcional. En este caso, ambas hermanas son titulares plenas de derechos, pero su estructura corporal compartida impide que el ejercicio de ciertos derechos por parte de una no afecte a la otra.
En situaciones excepcionales como esta, se concluye que debe primar el derecho a la integridad personal y la libertad sexual de quien no consiente, ya que el consentimiento es esencial para legitimar cualquier relación sexual. Sin este, se corre el riesgo de instrumentalizar el cuerpo de Brittany, vulnerando su dignidad humana. Por lo tanto, cualquier acto sexual en el matrimonio de Abby debe estar condicionado al consentimiento pleno de Brittany, estableciendo la integridad personal como un límite constitucional fundamental frente al ejercicio del libre desarrollo de la personalidad.

