La Contraloría General de la República de Chile ha confirmado que los funcionarios municipales contratados bajo el Código del Trabajo deben cumplir con el requisito de ciudadanía, lo que afecta a los extranjeros que aún no han obtenido la nacionalidad chilena. Esta aclaración se realizó en respuesta a un requerimiento de la Municipalidad de Renca, donde se expuso que, a pesar de estar bajo el Código del Trabajo, estos funcionarios no están exentos de las exigencias establecidas en la Ley 18.883 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, que requiere que sean ciudadanos.
El documento de la Contraloría, al que tuvo acceso EL DÍNAMO, señala que esta disposición es coherente con el principio de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 2 de la Constitución Política de Chile. Esto implica que todos los funcionarios municipales deben cumplir con las mismas condiciones para ingresar a una entidad edilicia, independientemente de su estatus migratorio. La Contraloría también recordó que, en ocasiones anteriores, se han implementado mecanismos para permitir el ingreso de extranjeros con permiso de residencia a la Administración del Estado, pero sin modificar la exigencia de ciudadanía establecida en la ley.
La Constitución chilena define que son ciudadanos aquellos chilenos que han cumplido 18 años y no han sido condenados a penas aflictivas. Los extranjeros pueden adquirir la nacionalidad chilena ya sea por gracia o mediante un proceso de nacionalización, que requiere, entre otros aspectos, haber residido de manera permanente en el país o haber vivido en Chile por más de cinco años.
Este pronunciamiento de la Contraloría podría tener implicaciones significativas para los municipios que emplean a extranjeros bajo el Código del Trabajo, ya que aquellos que no cumplan con el requisito de ciudadanía podrían verse obligados a dejar sus puestos. La situación se enmarca en un contexto más amplio de discusión sobre la inclusión de extranjeros en el ámbito laboral y administrativo en Chile.

