Corte de Valparaíso revoca orden de expulsión de venezolana y ordena nueva revisión de su solicitud de residencia definitiva

La Corte de Apelaciones de Valparaíso ha decidido acoger un recurso de amparo presentado por una ciudadana venezolana, quien había visto rechazada su solicitud de residencia definitiva en Chile y se enfrentaba a una orden de abandono del país en un plazo de quince días.

La apelante argumentó que la resolución del Servicio Nacional de Migraciones vulneraba su derecho a la libertad personal y a la seguridad individual, dado que llevaba más de seis años en Chile con residencia temporal. La mujer había solicitado la residencia definitiva dentro del plazo legal y había presentado toda la documentación requerida, incluyendo el comprobante de pago de una multa por residencia irregular, que realizó el 26 de diciembre de 2025.

El Servicio Nacional de Migraciones había rechazado su solicitud argumentando que no se había presentado el comprobante de pago de la multa dentro del plazo establecido, un requisito según el artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325. Además, la autoridad indicó que el comprobante de pago que la mujer había presentado correspondía a una infracción diferente, relacionada con una cédula vencida, y que el pago correcto fue realizado después de la resolución impugnada, considerándolo extemporáneo.

Sin embargo, la Corte de Valparaíso determinó que la decisión administrativa era desproporcionada. En su fallo, la Corte destacó que la mujer había estado en Chile desde al menos el 5 de octubre de 2019, lo que evidenciaba un arraigo significativo en el país. La Corte también subrayó que la mujer había mostrado una intención clara de cumplir con las normativas migratorias, al presentar un comprobante de pago de multa, aunque este correspondiera a una infracción distinta.

El tribunal también consideró el arraigo familiar de la amparada, quien es madre de una persona con residencia definitiva en Chile, lo que fue respaldado por documentos que acreditaban su vínculo familiar y su situación económica.

La Corte enfatizó que el Estado tiene la obligación de proteger los derechos humanos de los extranjeros y de asegurar un procedimiento justo en la evaluación de sus solicitudes migratorias. En este sentido, la decisión de la autoridad fue considerada como desproporcionada, ya que no tomó en cuenta la larga permanencia de la mujer en el país, su arraigo familiar y su voluntad de regularizar su situación.

Como resultado, la Corte de Apelaciones de Valparaíso dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó a la autoridad migratoria reabrir el procedimiento administrativo para emitir un nuevo pronunciamiento conforme a la ley.

La decisión fue adoptada con el voto en contra de la ministra Nancy Bluck, quien argumentó que la Corte de Valparaíso no tenía competencia territorial para conocer el caso, dado que la amparada reside en Santiago. Bluck señaló que era común que se interpusieran acciones cautelares en cortes sin vinculación geográfica, lo que complicaba el funcionamiento del tribunal.

Este fallo resalta la importancia de considerar el contexto personal y familiar de los solicitantes de residencia en Chile, así como la necesidad de un procedimiento administrativo que respete los derechos de los extranjeros en el país.

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