La Corte de Apelaciones de Concepción ha fallado a favor de una mujer, ordenando a un restaurante eliminar publicaciones en redes sociales que vulneraron su derecho a la honra y a la vida privada.
El caso involucra a Konna Gastronomía SpA, un establecimiento que se dedica a la venta de sushi y bowls, el cual había difundido contenido en sus redes sociales tras recibir un reclamo de la clienta por el cobro de un plato en promoción. Según el tribunal, las publicaciones contenían el nombre comercial y el logo del restaurante, así como referencias directas a la experiencia de consumo de la demandante, lo que permitió concluir que efectivamente fueron realizadas por el local.
La Corte examinó los antecedentes del caso y determinó que las imágenes y el contenido compartido en redes sociales incluían a la mujer que presentó la demanda, lo que facilitó atribuir la autoría de los mensajes al restaurante. En su resolución, el tribunal destacó la colisión entre la libertad de expresión y el derecho a la honra, concluyendo que este último debía prevalecer debido al impacto negativo que las publicaciones tuvieron en la reputación de la afectada.
Como resultado, la Corte ordenó a Konna Gastronomía SpA y a su representante legal, Ibrahim Youssef, eliminar todas las publicaciones relacionadas con la demandante y abstenerse de realizar futuras publicaciones que la involucren. El fallo subraya la importancia de que las empresas respeten los derechos fundamentales de las personas en el uso de redes sociales, incluso en situaciones que surgen de conflictos en relaciones de consumo.

