La Corte Suprema de Chile ha decidido acoger el recurso de revisión presentado por los hijos de Guillermo Kegevic Julio, quien fue condenado en 1974 por un Consejo de Guerra de la Armada en Valparaíso. La sentencia, que invalidó la condena por tenencia ilegal de arma de fuego, se basa en la constatación de que los testimonios utilizados en su contra fueron obtenidos bajo tortura y en un proceso judicial irregular.
El máximo tribunal examinó los antecedentes del caso y determinó que la condena de Kegevic Julio se sustentó en un procedimiento que carecía de los estándares mínimos de legalidad. La Corte estableció que el condenado fue detenido en febrero de 1974 por Carabineros, trasladado a instalaciones militares y sometido a torturas, lo que llevó a la imputación de cargos falsos relacionados con la tenencia de armas, en un proceso que fue llevado a cabo por la justicia militar.
La Corte Suprema concluyó que la evidencia utilizada para condenar a Kegevic Julio fue obtenida mediante apremios ilegítimos y engaños, incluyendo declaraciones autoincriminatorias forzadas y actuaciones procesales que nunca ocurrieron, como supuestos careos. Un informe pericial de la Policía de Investigaciones corroboró que las firmas presentadas en el proceso no pertenecían al carabinero mencionado.
Además, el Consejo de Guerra que juzgó a Kegevic Julio carecía de competencia, ya que no se demostró la existencia de fuerzas rebeldes organizadas que justificaran la intervención de tribunales militares en tiempos de guerra, tal como lo exige el Código de Justicia Militar. La Corte también destacó las graves vulneraciones al debido proceso, en consonancia con los informes de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, así como con precedentes de la propia Corte Suprema en casos similares.
El fallo también consideró relevante la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Omar Humberto Maldonado Vargas y otros vs. Chile”, que declaró la responsabilidad internacional del Estado por la falta de recursos efectivos para revisar condenas dictadas por Consejos de Guerra y por la falta de investigación de las torturas sufridas por los condenados en esos procesos.
Con base en estos elementos, la Corte Suprema determinó que existían hechos y documentos nuevos que permitían establecer la inocencia de Kegevic Julio, lo que llevó a declarar inválidas las resoluciones impugnadas y absolverlo del cargo en su contra. La sentencia incluye una prevención de la ministra Gajardo sobre el control de convencionalidad, subrayando la necesidad de respetar el sistema de fuentes del derecho chileno, aunque reconoce la importancia de los criterios de la Corte IDH.
Este fallo representa un avance significativo en la revisión de casos de violaciones a los derechos humanos durante el régimen militar en Chile, reafirmando el compromiso del sistema judicial con la justicia y la reparación de las víctimas.

