El Bono por Hijo es un beneficio económico destinado a las mujeres que son madres, ya sea de forma biológica o adoptiva, y se otorga por cada hijo que haya nacido vivo o que haya sido adoptado. Este aporte económico tiene como objetivo principal aumentar la pensión de las mujeres, por lo que no se entrega en el momento del nacimiento del niño, sino que se proporciona cuando la mujer cumple 65 años y se pensiona.
El Bono por Hijo se concede de forma vitalicia a aquellas mujeres que sean beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o de una Pensión de Sobrevivencia que tenga derecho a Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) otorgada por una AFP, una compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), siempre que tengan derecho a la PGU. Para que se realicen los pagos vitalicios, es necesario que dichas pensiones hayan comenzado a pagarse a partir del 1 de julio de 2009.
Los requisitos para acceder al Bono por Hijo son los siguientes:
1. Ser mujer, madre y tener 65 años o más.
2. Contar con una cédula de identidad vigente. En caso de que el trámite lo realice un apoderado, este deberá presentar un poder notarial.
3. Haber residido en Chile por al menos 20 años, ya sea de forma continua o discontinua, desde que cumplió 20 años, y haber vivido en el país al menos cuatro de los últimos cinco años antes de solicitar el bono.
Además, se debe cumplir con alguna de las siguientes condiciones previsionales:
– Estar afiliada a una AFP y haber comenzado a recibir su pensión desde el 1 de julio de 2009.
– Recibir la Pensión Garantizada Universal (PGU).
– Si no está afiliada a un sistema previsional, debe recibir una Pensión de Sobrevivencia con Aporte Previsional Solidario de Vejez otorgada por una AFP, una compañía de seguros o el IPS desde el 1 de julio de 2009.
Para verificar si corresponde el pago del Bono por Hijo, es necesario ingresar al Sistema Integrado de Beneficios Solidarios del IPS, disponible en el sitio de ChileAtiende, y proporcionar los datos solicitados.

