Un adolescente de 16 años fue encontrado apuñalado en el Parque Ecuador de Concepción, Región del Biobío, tras un intento de asalto. El fiscal de la Fiscalía ECOH, Felipe Calabrano, informó que el homicidio se habría producido cuando el joven y otro cómplice intentaron asaltar a una pareja. Durante el ataque, el hombre de la pareja logró apuñalar al adolescente, lo que ha llevado a la consideración de que podría tratarse de un caso de legítima defensa.
Detalles del incidente
El fiscal Calabrano explicó que, según la información recabada, los dos jóvenes portaban armas blancas y una manopla al momento de intentar el asalto. En medio de la agresión, el hombre de la pareja se defendió y apuñaló al adolescente. El fiscal indicó que, “preliminarmente sería legítima defensa”.
Estado del hombre que se defendió
El hombre que se defendió del asalto, de 27 años y que trabaja como garzón, sufrió diversas lesiones de arma blanca, incluyendo un corte significativo en el rostro y un pómulo inflamado debido a un golpe con la manopla. Calabrano mencionó que el hombre se defendió con lo que tenía a mano y que la legislación chilena no penaliza a una persona que actúa en defensa de su vida.
Información sobre la víctima
El fiscal también proporcionó detalles sobre el adolescente fallecido, quien tenía antecedentes judiciales. Según Calabrano, el joven “venía recién entrando” y mantenía cautelares por un delito de robo en el Juzgado de Mulchén. Además, se mencionó que el adolescente tenía problemas aparentes con el consumo de drogas.
Estado del cómplice y del autor del homicidio
El otro joven involucrado en el asalto resultó con lesiones leves y fue atendido en un centro asistencial, donde fue dado de alta posteriormente. En cuanto al hombre que apuñaló al adolescente, Calabrano indicó que, de acuerdo con el artículo 26 del Código Procesal Penal, quedó en calidad de apercibido mientras se llevan a cabo las diligencias pertinentes. El fiscal concluyó que, “preliminarmente, como se señala, habría actuado a legítima defensa, de manera tal que no sería un hecho constitutivo de delito”.

