Un tribunal de Concepción ha dictado una resolución que implica una indemnización de $60 millones a un trabajador que sufrió la amputación de cuatro dedos en un accidente laboral ocurrido en enero de 2023. La decisión del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción se produce tras acoger parcialmente la demanda presentada por el afectado, mientras que se rechazó la solicitud de indemnización por lucro cesante.
Detalles del caso
La empresa involucrada en este incidente es Andritz Chile Limitada, la cual deberá abonar la cantidad mencionada por concepto de daño moral. La magistrada a cargo del caso determinó que la empresa no proporcionó los implementos necesarios para garantizar la seguridad del trabajador, quien perdió cuatro dedos de su mano derecha mientras operaba una máquina fresadora.
Incumplimiento de obligaciones laborales
La resolución del tribunal se fundamenta en el artículo 184 del Código del Trabajo, que establece las obligaciones del empleador de proteger de manera eficiente la vida y la salud de los trabajadores. Este artículo exige que se mantengan condiciones adecuadas y seguras en el lugar de trabajo, así como la provisión de los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades laborales. La magistrada subrayó que esta obligación es esencial en el marco del contrato de trabajo.
Pruebas y evidencias del accidente
El tribunal también consideró la prueba presentada por la empresa demandada, la cual no cumplió con el estándar del deber de seguridad. Este deber implica que el empleador debe tomar las medidas eficaces y necesarias para salvaguardar la salud y la vida de sus trabajadores. Los informes de la Asociación Chilena de Seguridad y de la Inspección del Trabajo corroboran esta falta de medidas de seguridad.
Condiciones de la máquina fresadora
Los informes indicaron que la máquina fresadora utilizada en el accidente carecía de varias medidas de seguridad que podrían haber evitado el suceso. En particular, se destacó que no se detuvo la máquina para realizar las labores de limpieza necesarias y que, debido a su diseño, no contaba con protección física ni con un sensor de parada automática. El fallo del tribunal señala: “En otras palabras, las causas principales del accidente fueron la falta de un sistema de expulsión de líquidos y partículas para la limpieza de la máquina y la falta de un sistema de protección física o sensor de parada automática para evitar el contacto con la máquina”.
Responsabilidad del empleador
El tribunal desestimó las afirmaciones de la empresa demandada, que sostenía haber cumplido con su deber de seguridad y que la culpa recaía exclusivamente en la víctima. Los informes no apuntaron a la culpa de los demandados, sino que evidenciaron la falta de implementación de las medidas necesarias para garantizar la seguridad del trabajador. Así, se confirmó la responsabilidad del empleador en el origen del accidente laboral.
Decisión final del tribunal
Finalmente, el tribunal rechazó las excepciones y defensas presentadas por Andritz Chile Limitada y también desestimó la demanda de indemnización por lucro cesante del demandante. Sin embargo, se acogió la demanda por indemnización de perjuicios por daño moral, resultando en la obligación de la empresa de pagar $60 millones al trabajador afectado.

